Plazo cerrado. Esta convocatoria ya no acepta solicitudes. Se mantiene publicada porque suele repetirse cada año — vuelve a comprobarlo más adelante o consulta el organismo convocante para la próxima edición.

COMUNITAT VALENCIANA — SECRETARÍA AUTONÓMICA DE VIVIENDA

Ayuda de 250 euros mensuales para jóvenes menores de 35 años que alquilen vivienda

Título oficial: Resolución de xx de julio de 2026, de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan las ayudas del Bono Alquiler Joven para 2026

Quién puede pedirla
Otras entidades

Cuánto
bolsa de 29.800.000 €

Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-09)

Cómo se solicita
Sede electrónica

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

Ayuda mensual de 250 euros durante 24 meses para jóvenes de hasta 35 años que alquilen vivienda en la Comunitat Valenciana. La renta familiar no puede superar 3 veces el IPREM. La ayuda se concede por orden de menor a mayor renta familiar.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Facilita la emancipación de jóvenes con pocos recursos permitiéndoles acceder o mantener el alquiler de una vivienda. Ofrece una cantidad fija durante dos años que supone una ayuda importante para sufragar el coste del alquiler mensual.

¿Quién puede pedirla?
Personas físicas menores de 35 años que sean titulares de un contrato de alquiler o cesión de uso de vivienda habitual en la Comunitat Valenciana. Pueden ser españoles, ciudadanos de la UE, EEE, Suiza, o extranjeros en situación regular. La renta anual de toda la unidad de convivencia (familiares que viven en la vivienda) no puede superar 3 veces el IPREM.

¿Qué cubre?
Paga 250 euros mensuales durante 24 meses (total 6.000 euros) destinados directamente al pago del alquiler o cesión de uso de la vivienda. Solo cubre la renta de la vivienda habitual, conforme a los límites máximos establecidos por zonas (entre 500 y 900 euros mensuales según localidad).

¿Qué no cubre?
No cubre gastos generales, fianzas, servicios, tributos, cargas o gastos diferenciados del alquiler que figuren por separado en el contrato. No cubre subarrendamientos, arrendamientos turísticos ni gastos de mudanza. No se especifica en las bases si cubre otras situaciones.

¿Cómo se pide?
Se solicita por vía telemática en la sede electrónica de la Generalitat. Se presenta la documentación en varios plazos: primero en el momento de solicitar, luego en octubre-noviembre de 2026 y enero de 2027. Si no se tiene contrato en el momento de solicitar, se debe presentar en los siguientes 2 meses tras la concesión.

¿Qué papeles necesito?

Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte según corresponda)
Acreditar la identidad y nacionalidad del solicitante y miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.
Dónde: En los servicios de expedición de documentos de identidad del Ayuntamiento o Policía Nacional.

Certificado de empadronamiento colectivo o volante único de empadronamiento
Demostrar que la vivienda es la residencia habitual y permanente del solicitante y que los miembros de la unidad de convivencia están empadronados juntos.
Dónde: En el Ayuntamiento de residencia o a través de sede electrónica municipal.

Contrato de alquiler o cesión de uso formalizado
Acreditar la existencia del contrato de arrendamiento o cesión de la vivienda con duración mínima de un año.
Dónde: Lo tiene el solicitante (copia que le entregó el propietario o arrendador) o puede solicitar una copia autenticada al arrendador.

Justificantes de pago de las mensualidades de alquiler
Demostrar que se han pagado correctamente los alquileres desde mayo de 2025 o desde el inicio del contrato.
Dónde: Transferencias bancarias, recibos domiciliados o documentación bancaria proporcionada por la entidad financiera.

Declaración de la Renta (IRPF) del ejercicio 2024 o certificado de renta
Acreditar los ingressos anuales de la unidad de convivencia para comprobar que no supera 3 veces el IPREM.
Dónde: Sede electrónica de la AEAT o mediante consulta automática si autoriza la consulta tributaria.

Certificado de vida laboral o documentación de ingressos según situación
Acreditar la existencia de una fuente regular de ingressos con al menos 3 meses de antigüedad en los 6 meses anteriores a la solicitud.
Dónde: Tesorería General de la Seguretat Social (para vida laboral), SEPE (para prestaciones de desempleo), o certificados del empleador.

Declaración responsable de los miembros de la unidad de convivencia
Informar que se ha comunicado a los otros miembros los datos que se aportan y que autoriza las consultas administrativas necesarias.
Dónde: Se cumplimenta en el formulario de solicitud en la sede electrónica.

Certificado de no ser propietario de otra vivienda en España
Acreditar que el solicitante y miembros de la unidad de convivencia no son propietarios ni usufructuarios de otra vivienda.
Dónde: Dirección General del Catastro o mediante consulta automática si autoriza.

Certificado de que no hay parentesco de primer o segundo grado con el arrendador
Cumplir el requisito que excluye arrendamientos entre familiares cercanos.
Dónde: Declaración responsable del solicitante o consulta a registros civiles si es necesario.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.