MASSANASSA — AYUNTAMIENTO DE MASSANASSA

Ayuda económica para familias con nacimientos o adopciones

Título oficial: Convocatoria de ayudas para el fomento de la natalidad, tarjeta bebe 2027

Quién puede pedirla
Massanassa (Valencia)

Cuánto
bolsa de 30.000 €

Hasta cuándo
Plazo por confirmar

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

Ayuda de 400 euros (o hasta 700 si ambos progenitores están en paro) en forma de tarjeta para comprar en comercios locales. Dirigida a progenitores con hijos nacidos o adoptados menores de 10 años que residan en Massanassa. Se entrega una tarjeta de compra que funciona durante un año.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Esta ayuda ayuda a las familias a cubrir gastos de alimentación, ropa, higiene, cuidados y actividades educativas o deportivas de los menores nacidos o adoptados. Además, impulsa el comercio local porque la tarjeta solo se puede usar en tiendas adheridas al programa del municipio.

¿Quién puede pedirla?
Padres o madres de niños nacidos o adoptados hace menos de 6 meses. Deben estar empadronados en Massanassa (al menos uno con 12 meses de antigüedad), tener nacionalidad española o residencia legal, estar al día con impuestos y Seguridad Social, y no haber recibido esta ayuda antes por el mismo hijo.

¿Qué cubre?
La ayuda cubre 400 euros por menor. Si ambos progenitores están en paro sin recibir prestación alguna, la cantidad sube a 700 euros. El dinero se entrega en forma de tarjeta para gastar en comercios adheridos durante un año desde su emisión.

¿Qué no cubre?
No se especifica en las bases.

¿Cómo se pide?
Se debe presentar solicitud con formulario normalizado y documentación en el Registro del Ayuntamiento (Calle Mayor nº15), por vía telemática o según los medios de la Ley 39/2015. La solicitud se hace dentro de 6 meses desde el nacimiento o adopción del menor.

¿Qué papeles necesito?

Fotocopia del DNI, NIE, pasaporte o permiso de residencia
Identificación de los progenitores solicitantes.
Dónde: Los documentos que ya tiene cada persona.

Libro de familia o documento acreditativo del nacimiento o adopción
Acreditar el nacimiento o adopción legal del menor.
Dónde: Registro Civil o centro de adopción.

Sentencia o demanda de separación/divorcio (si aplica)
Demostrar quién tiene la custodia del menor en caso de no convivencia de progenitores.
Dónde: Juzgado o abogado que tramitó el procedimiento.

Renuncia expresa del otro progenitor (si hay custodia compartida)
Indicar a quién se asigna la ayuda cuando ambos tienen custodia.
Dónde: Se presenta junto con la solicitud, firmado por el progenitor que renuncia.

Declaración responsable de cumplimiento de requisitos
Confirmar que cumple los requisitos de acceso y está al corriente de obligaciones tributarias y con Seguridad Social.
Dónde: Formulario que proporciona el Ayuntamiento con la solicitud.

Tarjeta de demanda de empleo (DARDE) de ambos progenitores (si solicita incremento)
Acreditar situación de desempleo cuando se solicita la ayuda de 700 euros.
Dónde: Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Certificado de prestaciones del SEPE (si solicita incremento)
Acreditar que no se percibe prestación ni subsidio de desempleo.
Dónde: Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Certificado negativo de pensiones del INSS (si solicita incremento)
Acreditar que no se percibe ninguna pensión.
Dónde: Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-19.