CHIVA — AYUNTAMIENTO DE CHIVA
Ayuda para familias con bebé recién nacido o adoptado que compren en comercios locales
Título oficial: BASES Y CONVOCATORIA DE LA CAMPAÑA DE PROMOCIÓN COMERCIAL “CHIVA CRECE, DA VIDA A TU PUEBLO 2026”
Quién puede pedirla
Otras entidades
Cuánto
bolsa de 6000 €
Hasta cuándo
Plazo por confirmar
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
Ayuda de hasta 300 euros para familias empadronadas en Chiva que hayan tenido un bebé o adoptado un menor, dirigida a fomentar el consumo en pequeños comercios del municipio. Se paga el gasto realizado en tiendas locales (no supermercados ni grandes cadenas) después de justificar las compras.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Esta ayuda busca dos cosas: apoyar a las familias con los gastos que genera tener un bebé pequeño y, al mismo tiempo, dinamizar el comercio local del pueblo animando a que la gente compre en tiendas de barrio en lugar de grandes cadenas.
¿Quién puede pedirla?
Familias que viven empadronadas en Chiva y que tengan un bebé nacido hace menos de un año, o que hayan adoptado recientemente un menor de hasta 5 años, o que acojan a un menor por al menos 6 meses. La persona que solicita debe ser mayor de edad, estar al día con Hacienda y la Seguridad Social, y no tener deudas con el ayuntamiento.
¿Qué cubre?
Paga hasta 300 euros de lo que hayas gastado en pequeños comercios locales de Chiva en cosas directamente para el bebé: comida infantil, pañales, ropa, juguetes, cochecitos, etc. Solo te devuelven lo que realmente hayas gastado; si gastas 200 euros, te dan 200 euros; si gastas 300, te dan los 300.
¿Qué no cubre?
No entran gastos en supermercados, grandes cadenas o multinacionales. Tampoco gastos que sean para toda la familia y no específicamente para el bebé. No se especifica en las bases qué otros gastos concretos se excluyen.
¿Cómo se pide?
Se solicita a través de la sede electrónica del ayuntamiento o en el registro general. Junto con la solicitud hay que presentar los papeles del bebé, facturas de lo que has comprado (con recibos de pago), tu DNI y rellenar unos formularios de declaración responsable.
¿Qué papeles necesito?
DNI o documento de identidad
Identificar al solicitante.
Dónde: Ya lo tienes; si eres extranjero, debes aportar tu documento de identidad válido.
Certificado de nacimiento, libro de familia o documento de adopción/acogimiento
Acreditar que el menor pertenece a tu familia y cumple los requisitos de edad.
Dónde: Registro Civil para nacimientos; Juzgado o administración competente para adopciones y acogimientos.
Sentencia de divorcio, separación o convenio regulador (si aplica)
Acreditar quién tiene la guarda y custodia si los padres no conviven.
Dónde: Juzgado que dictó la sentencia o tramitó el convenio.
Declaración de ambos progenitores sobre renuncia a solicitar la ayuda (en caso de custodia compartida)
Garantizar que solo un progenitor recibe la ayuda.
Dónde: Redáctalo vosotros mismos y presentadlo con la solicitud.
Datos bancarios de la cuenta donde recibir el dinero
Saber dónde hacer la transferencia.
Dónde: Tu banco; necesitas el número IBAN de una cuenta a tu nombre.
Facturas de las compras realizadas
Acreditar qué gastaste y en qué tiendas.
Dónde: Las tiendas donde compraste; deben mostrar tu nombre, el nombre de la tienda, fecha y descripción de lo comprado.
Justificante de pago de las facturas
Demostrar que realmente pagaste lo que dices.
Dónde: Tu banco (extracto, transferencia, etc.); no valen tickets de caja, capturas de pantalla ni pagos en metálico.
Relación detallada de todas las facturas (Anexo 10)
Listar ordenadamente todas las compras que justificas.
Dónde: Cumplimenta el formulario que proporciona el ayuntamiento.
Declaración responsable (Anexo 9)
Declarar bajo tu responsabilidad que cumples todos los requisitos y que estás al día con Hacienda y Seguridad Social.
Dónde: Formulario que proporciona el ayuntamiento; relléna lo y firma.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-22.