DIPUTACIÓN PROV. DE PALENCIA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA
Ayuda para mejorar la accesibilidad y equipamiento del centro social municipal
Título oficial: SUBVENCIÓN DIRECTA A FAVOR DE QUINTANA DEL PUENTE PARA LA MEJORA DE ACCESIBILIDAD Y EQUIPAMIENTO DEL CENTRO SOCIAL
Quién puede pedirla
Ayuntamientos
Cuánto
bolsa de 110.640,68 €
Hasta cuándo
Plazo por confirmar
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
La Diputación de Palencia financia obras de mejora de accesibilidad y equipamiento en el centro social del Ayuntamiento de Quintana del Puente. Se conceden 110.640,68 euros para cubrir gastos de obra supervisada por técnico habilitado. El dinero se desembolsa en dos partes: el 75% se paga directamente y el 25% restante se retiene como garantía hasta que se justifique correctamente la ejecución.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Esta ayuda sirve para que el Ayuntamiento de Quintana del Puente pueda mejorar la accesibilidad y renovar el equipamiento de su centro social, haciendo el lugar más accesible para todos los vecinos y modernizando sus instalaciones.
¿Quién puede pedirla?
Solo el Ayuntamiento de Quintana del Puente puede recibir esta subvención. Es una ayuda directa, no una convocatoria abierta a otros municipios.
¿Qué cubre?
La Diputación paga 110.640,68 euros para obras y equipamiento del centro social. El Ayuntamiento debe poner los trabajos en marcha a partir del 1 de enero de 2025. Los gastos de IVA no se cubren si el Ayuntamiento puede deducirlo (como ocurre habitualmente). Si hay otras ayudas del mismo proyecto de otras administraciones, la suma de todas no puede superar el coste total del trabajo.
¿Qué no cubre?
No se especifica en las bases.
¿Cómo se pide?
Esta es una ayuda directa ya concedida por resolución de la Diputación, no una solicitud abierta. Para recibir el dinero, el Ayuntamiento debe declarar que está al corriente de impuestos y Seguridad Social. Después, deberá justificar la ejecución de los trabajos presentando facturas, certificados de obra, relación valorada de unidades ejecutadas y permisos necesarios a través del formulario electrónico habilitado en la sede de la Diputación.
¿Qué papeles necesito?
Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
Acreditar que el Ayuntamiento no tiene deudas con Hacienda ni con la Seguridad Social para poder recibir la subvención.
Dónde: La Agencia Tributaria (para impuestos) y la Tesorería de la Seguridad Social (para cotizaciones).
Instancia de justificación de la subvención firmada por el Alcalde
Documento oficial para justificar ante la Diputación que se han ejecutado correctamente las obras.
Dónde: Formulario electrónico 'Justificación de la subvención - Ayuntamientos y otras entidades públicas' en la sede electrónica de la Diputación de Palencia.
Certificado del Secretario municipal del reconocimiento de obligaciones (con visto bueno del Alcalde)
Acreditar formalmente que el Ayuntamiento ha reconocido la obligación de pago de los gastos ejecutados.
Dónde: Lo emite el Secretario del Ayuntamiento.
Certificaciones de obra aprobadas
Demostrar que las obras se han ejecutado correctamente según el proyecto.
Dónde: Las emite el técnico director de la obra (aparejador o ingeniero técnico).
Facturas de los gastos realizados
Justificar qué se ha gastado, a quién, cuándo y cuánto dinero.
Dónde: Los contratistas que realicen los trabajos y suministren materiales deben emitirlas.
Relación valorada de unidades de obra ejecutadas firmada por técnico competente
Detallar todas las unidades de trabajo realizadas (metros cuadrados, equipos instalados, etc.) y su coste, demostrando que coinciden con lo que se presupuestó.
Dónde: La elabora y firma el técnico director de la obra.
Copia de permisos o autorizaciones necesarios
Acreditar que las obras han sido legalizadas ante los organismos competentes.
Dónde: Los emite el Servicio de Industria de la Junta de Castilla y León o el ayuntamiento.
Adjudicación o contrato de la obra
Demostrar que los trabajos se contrataron correctamente según la ley de contratos del sector público.
Dónde: Lo prepara el Ayuntamiento cuando el gasto supera 40.000 euros (obras) o 15.000 euros (servicios).
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.