DIPUTACIÓN PROV. DE PALENCIA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA

Ayuda para reparación urgente de tejado en ayuntamientos

Título oficial: SUBVENCIÓN PARA REPARACIÓN URGENTE DE TEJADO

Quién puede pedirla
Ayuntamientos

Cuánto
bolsa de 8712 €

Hasta cuándo
Plazo por confirmar

Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

La Diputación de Palencia financia la reparación urgente de tejados en ayuntamientos de la provincia con menor capacidad económica. Se concede una subvención de hasta 8.712 euros para cubrir gastos de reparación ejecutados desde julio de 2025. El pago se realiza con un anticipo del 75% y el 25% restante se libera tras justificación correcta.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Esta ayuda sirve para que los ayuntamientos pequeños puedan reparar tejados dañados sin tener que esperar a una convocatoria pública. Es una ayuda de emergencia para problemas urgentes en edificios municipales.

¿Quién puede pedirla?
Ayuntamientos de la provincia de Palencia, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión. En este caso, el Ayuntamiento de Osorno la Mayor ha sido beneficiario.

¿Qué cubre?
Paga la reparación urgente de tejados. La subvención es de 8.712 euros. El dinero se entrega mediante un anticipo: primero se paga el 75% (6.534 euros) y el 25% restante (2.178 euros) se libera después de justificar correctamente los gastos.

¿Qué no cubre?
No se especifica en las bases.

¿Cómo se pide?
Se solicita directamente a la Diputación. La justificación se realiza mediante formulario electrónico en la sede electrónica de la Diputación de Palencia, presentando facturas y certificado del secretario de la entidad local.

¿Qué papeles necesito?

Instancia de justificación de la subvención
Formalizar la solicitud de justificación de los gastos realizados ante la Presidencia de la Diputación.
Dónde: Formulario electrónico habilitado en la sede electrónica de la Diputación de Palencia, que cumplimenta el Alcalde.

Certificado del secretario de la entidad local
Acreditar el reconocimiento de las obligaciones contraídas y el visto bueno del Alcalde.
Dónde: Lo expide el secretario del ayuntamiento con visto bueno del Alcalde, según el anexo B.II de las bases.

Facturas correspondientes
Justificar los gastos realizados en la reparación del tejado.
Dónde: Las debe proporcionar el ayuntamiento de los contratistas o proveedores que realizaron los trabajos.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.