DIPUTACIÓN PROV. DE PALENCIA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA
Ayuda para terminar la obra de rehabilitación del pósito
Título oficial: SUBVENCIÓN PARA "FINALIZACIÓN OBRA REHABILITACIÓN PÓSITO"
Quién puede pedirla
Ayuntamientos
Cuánto
bolsa de 49.534,89 €
Hasta cuándo
Plazo por confirmar
Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
Subvención para que ayuntamientos pequeños terminen obras de rehabilitación de edificios públicos como pósitos. La Diputación de Palencia financia hasta el 100% del gasto aprobado. Se paga en anticipo con un 75% inicial y el 25% restante se libera tras justificar correctamente la obra.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Permite que ayuntamientos con pocos recursos económicos terminen obras de rehabilitación en edificios públicos de interés histórico o patrimonial, como pósitos (antiguos almacenes públicos). Ayuda a conservar y dar nuevos usos a estos inmuebles.
¿Quién puede pedirla?
Ayuntamientos pequeños, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión. Esta subvención es directa y no requiere convocatoria competitiva: se concede cuando un municipio presenta una solicitud de inversión y no hay otra convocatoria abierta para esa finalidad.
¿Qué cubre?
Cubre gastos de obra ejecutada desde enero de 2026 en adelante: materiales, mano de obra, proyectos técnicos, dirección de obra, tributos (excepto IVA deducible). Se puede recibir el 100% del importe aprobado, en este caso 49.534,89 euros. Es compatible con otras ayudas de administraciones públicas o privadas, siempre que no se supere el coste total de la obra.
¿Qué no cubre?
No cubre IVA cuando es deducible para el ayuntamiento. El ayuntamiento debe destinar el bien (la obra) a su fin durante 5 años (si es inscribible en un registro público) o 2 años (resto de bienes). Si lo vende o lo grava en ese plazo, debe devolver el dinero.
¿Cómo se pide?
El ayuntamiento solicita directamente a la Diputación. Debe redactar un proyecto técnico, obtener los permisos necesarios y ejecutar la obra cumpliendo la legislación sectorial. La justificación se presenta por vía electrónica en la sede de la Diputación mediante formulario específico con facturas, certificaciones de obra y acta de recepción.
¿Qué papeles necesito?
Proyecto Técnico
Justificar cómo se ejecutarán las actuaciones de rehabilitación.
Dónde: Redactado por técnico habilitado contratado por el ayuntamiento.
Certificación de hallarse al corriente con Hacienda y Seguridad Social
Acreditar que el ayuntamiento no tiene deudas tributarias ni de seguridad social.
Dónde: Suscrita por el ayuntamiento ante la Diputación antes de recibir los pagos.
Certificaciones de obra aprobadas
Documentar los trabajos ejecutados y su conformidad técnica.
Dónde: Emitidas por el técnico director de la obra durante su ejecución.
Facturas de los gastos
Justificar el coste de materiales, mano de obra y servicios ejecutados.
Dónde: Presentadas por los proveedores y contratistas que realizan la obra.
Acta de recepción de la obra
Certificar que la obra está terminada y es conforme al proyecto.
Dónde: Elaborada conjuntamente por el ayuntamiento, el técnico director y el contratista al finalizar.
Memoria fotográfica en color
Demostrar visualmente todas las obras ejecutadas y su resultado final.
Dónde: Fotografías tomadas durante y al final de la ejecución, compiladas en un archivo pdf único.
Certificado del Secretario con visto bueno del Alcalde
Acreditar el reconocimiento de las obligaciones del ayuntamiento.
Dónde: Emitido por la Secretaría del Ayuntamiento.
Contrato o adjudicación de la obra
Acreditar que se ha contratado según la legislación de contratación pública.
Dónde: Generado por el ayuntamiento cuando el gasto de obra supera 40.000 euros más IVA, conforme a la Ley de Contratos del Sector Público.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-16.