VILLANUEVA DEL ARZOBISPO — AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL ARZOBISPO
Ayudas a asociaciones sin ánimo de lucro para actividades de cultura, deporte, educación y asuntos sociales
Título oficial: CONVOCATORIA SUBVENCIONES POR CONCURRENCIA COMPETITIVA 2026
Quién puede pedirla
Asociaciones
Cuánto
bolsa de 12.000 €
Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-17)
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
El Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo ofrece subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro para desarrollar actividades en cultura, deporte, educación, juventud, sanidad y medio ambiente. Cada entidad puede recibir hasta 1.200 euros, cubriendo hasta el 100% del coste del proyecto. La entidad solicitante debe aportar fondos propios (cofinanciación).
Explicación fácil
¿Para qué es?
Estas ayudas sirven para que las asociaciones locales realicen actividades que beneficien a la comunidad en áreas como cultura, deporte, educación, medio ambiente y asuntos sociales. El objetivo es fortalecer el tejido asociativo y promover iniciativas que complementen la acción municipal.
¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitar asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el Registro General de Asociaciones y en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales de Villanueva del Arzobispo. Deben estar al corriente de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento.
¿Qué cubre?
Subvenciona gastos directamente relacionados con las actividades (honorarios de monitores, materiales, equipamiento, actividades educativas, deportivas o culturales). La cuantía máxima es 1.200 euros por asociación. La asociación debe aportar fondos propios, siendo valorados positivamente los proyectos con mayores aportaciones de la entidad.
¿Qué no cubre?
No entran: bienes inventariables, construcción o rehabilitación, páginas web, publicaciones, viajes socioculturales, entradas a eventos, comidas de grupo, formación externa, alquiler de locales (salvo si es necesario para la actividad), salidas fuera del municipio (excepto si son imprescindibles para el programa), obsequios solo para socios, gastos federativos, gastos autogestionables (taquillas, beneficios de barra), retribuciones a cargos directivos (presidente, secretario, tesorero).
¿Cómo se pide?
La solicitud se presenta en el Registro General de Entrada y Salida del Ayuntamiento con la documentación requerida. Se puede presentar también por vía electrónica según la Ley de Procedimiento Administrativo Común. Debe incluir: solicitud (Anexo I), presupuesto de gastos, plan financiero, certificado de número de socios, certificado de antigüedad en el registro, proyecto de actividades, DNI del representante, CIF de la entidad, estatutos (si es primera solicitud), datos bancarios y certificación de representación.
¿Qué papeles necesito?
Solicitud de subvención (Anexo I)
Formalizar la solicitud de ayuda ante el Ayuntamiento.
Dónde: Proporcionado por el Ayuntamiento en su registro general o sede electrónica.
Presupuesto de gastos (Anexo II)
Detallar todos los gastos previstos para la actividad que se financia.
Dónde: Formato proporcionado por el Ayuntamiento.
Plan financiero (Anexo III)
Mostrar cómo se financiará el proyecto (aportación de la entidad y subvención solicitada).
Dónde: Formato proporcionado por el Ayuntamiento.
Certificado de número de socios (Anexo IV)
Acreditar cuántos socios tiene la asociación al momento de la solicitud.
Dónde: Expedido por el secretario de la propia asociación con visto bueno del presidente.
Certificado de antigüedad en el registro (Anexo V)
Probar la antigüedad de la asociación en los registros estatal y municipal.
Dónde: Expedido por el secretario de la propia asociación con visto bueno del presidente.
Proyecto de actividades
Describir detalladamente qué se va a hacer: justificación, objetivos, destinatarios, cronograma, lugar y descripción de actividades.
Dónde: Debe ser redactado por la entidad solicitante.
DNI del representante legal
Identificar al firmante de la solicitud.
Dónde: Documento personal del representante de la asociación.
CIF de la entidad
Identificar fiscalmente a la asociación.
Dónde: Se obtiene en la Agencia Tributaria o ya consta en los registros de asociaciones.
Estatutos inscritos (si es primera solicitud)
Acreditar los estatutos de funcionamiento de la asociación.
Dónde: Copia certificada del Registro de Asociaciones.
Certificación bancaria con datos de cuenta
Permitir el pago de la subvención a la asociación.
Dónde: Proporcionado por la entidad bancaria donde tenga cuenta la asociación.
Certificado del secretario sobre representación legal (Anexo VI)
Acreditar quién ostenta la presidencia y capacidad para representar a la entidad.
Dónde: Expedido por el secretario de la asociación con visto bueno del presidente.
Certificado de estar al corriente con Hacienda Pública
Acreditar que la asociación cumple sus obligaciones tributarias.
Dónde: Sede electrónica de la Agencia Tributaria estatal o autonómica.
Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social
Acreditar que la asociación está al día con las cotizaciones.
Dónde: Sede electrónica de la Tesorería de la Seguridad Social.
Declaración de no tener otras subvenciones para el mismo programa
Confirmar que no solicita o ha recibido financiación de otros organismos para la misma actividad.
Dónde: Se declara en el propio formulario de solicitud (Anexo I).
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-29.