CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO
Ayudas a ayuntamientos para recuperar negocios afectados por incendios forestales
Título oficial: Acuerdo de 28 de agosto de 2025 de la Junta de Castilla y León, por el que se autoriza la concesión directa de subvenciones dentro de programación de actuaciones destinadas a la recuperación de las zonas afectadas por los incendios 2025: ayuda 20.
Quién puede pedirla
Ayuntamientos
Cuánto
bolsa de 600.000 €
Hasta cuándo
Plazo por confirmar
Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
Ayudas directas a ayuntamientos de localidades evacuadas por incendios para que distribuyan dinero entre pequeños comercios, talleres artesanos y servicios de proximidad afectados. Cada negocio puede recibir hasta 5.000 euros para reparar daños, reponer equipamiento y mercancía. La dotación total es de 600.000 euros.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Estas ayudas sirven para que los pequeños negocios que sufrieron daños directos por los incendios del verano de 2025 puedan recuperarse rápidamente. Permiten pagar la reparación de locales, compra de herramientas, maquinaria y existencias necesarias para volver a abrir.
¿Quién puede pedirla?
Solo los ayuntamientos de pueblos que fueron evacuados por los incendios pueden pedirlas. Ellos luego reparten el dinero entre sus comercios y talleres locales afectados (tiendas, peluquerías, reparaciones, servicios de limpieza, etc.). No pueden acceder farmacias, gasolineras, vendedores ambulantes ni comercios de vehículos.
¿Qué cubre?
Cada negocio recibe hasta 5.000 euros para reparar o reponer lo que perdió: arreglar el local dañado por fuego, sustituir muebles y herramientas rotas, comprar maquinaria nueva si es esencial para funcionar, y reponer mercancía y materias primas para empezar de nuevo.
¿Qué no cubre?
No se cubre el IVA ni ningún impuesto. Tampoco entran actividades de artesanía alimentaria, farmacias, gasolineras, venta ambulante o comercio por correo. Los gastos deben estar directamente relacionados con la recuperación tras el incendio.
¿Cómo se pide?
Los ayuntamientos deben solicitar la ayuda a la Consejería de Industria, Comercio y Empleo. Después presentarán cuentas justificativas con documentos que prueben qué dinero se dio a cada negocio y qué gastos pagaron. La solicitud se hace a través de la sede electrónica de la Administración autonómica.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.