COMUNIDAD DE MADRID — AGENCIA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS MADRID 112 (ASEM)
Ayudas a municipios de Madrid para protección civil: planes, vehículos e infraestructuras
Título oficial: SUBVENCIÓN PARA AYUNTAMIENTOS DE P. CIVIL 2026 VEHÍCULOS
Quién puede pedirla
Ayuntamientos
Cuánto
bolsa de 500.000 €
Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-10-01)
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
La Comunidad de Madrid financia a los municipios (excepto Madrid capital) para elaborar planes de protección civil, comprar vehículos y equipamiento para voluntarios, o mejorar instalaciones de protección civil. El dinero se reparte según criterios como población y riesgos del municipio (incendios, inundaciones, nevadas).
Explicación fácil
¿Para qué es?
Refuerza las capacidades de los municipios para responder ante emergencias y riesgos: incendios forestales, inundaciones o nevadas. Financia desde hacer planes de protección civil hasta comprar vehículos y equipos para los voluntarios locales.
¿Quién puede pedirla?
Los municipios de la Comunidad de Madrid, menos el de Madrid capital. Para acceder a vehículos e infraestructuras, el municipio debe tener un plan territorial de protección civil aprobado y una agrupación de voluntarios inscrita y actualizada en el registro regional.
¿Qué cubre?
Paga tres tipos de actuaciones: 1) Elaborar o revisar planes de protección civil e implementarlos con campañas y simulacros. 2) Comprar uniformes, vehículos especiales e informática para voluntarios. 3) Rehabilitar y mejorar edificios e instalaciones de los voluntarios. El presupuesto total es de 500.000 euros repartido entre todos los beneficiarios según su puntuación.
¿Qué no cubre?
No se especifica en las bases.
¿Cómo se pide?
Se solicita electrónicamente a través de la sede digital de la Comunidad de Madrid (https://sede.comunidad.madrid/) usando firma electrónica. Se acompaña documentación según la línea de ayuda solicitada. La administración puede consultar datos de Hacienda, Seguridad Social y Madrid si se autoriza, o el municipio aporta los certificados.
¿Qué papeles necesito?
Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria
Acreditar que el municipio no tiene deudas con Hacienda y puede recibir fondos públicos.
Dónde: Sede electrónica de la Agencia Tributaria, o el ayuntamiento autoriza su consulta automática.
Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social
Demostrar que el municipio está pagado con la Seguridad Social.
Dónde: Consulta automática si se autoriza, o se presenta certificado de la Seguridad Social.
Certificado de no tener deudas con la Comunidad de Madrid
Acreditar que el municipio no debe dinero a la Comunidad de Madrid.
Dónde: Se consulta de oficio por la Administración.
Certificación municipal de aprobación de facturas
Justificar que los gastos fueron aprobados por el Pleno o Junta de Gobierno del Ayuntamiento.
Dónde: Se emite por la secretaría del Ayuntamiento.
Justificante de pago efectivamente realizado
Demostrar que el municipio pagó realmente los gastos que se piden subvencionar.
Dónde: Documentos bancarios del municipio (transferencias, comprobantes de pago).
Plan territorial de protección civil informado y aprobado
Para solicitar dinero en vehículos e infraestructuras, es obligatorio tener un plan municipal de protección civil ya aprobado.
Dónde: Se aprueba en el Pleno del Ayuntamiento. Debe estar informado favorablemente por la Comisión de Protección Civil de Madrid.
Certificado de agrupación de voluntarios de protección civil actualizada
Acreditar que el municipio tiene voluntarios de protección civil inscritos y al día en el registro regional.
Dónde: Se solicita al Registro Especial de Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil de la Comunidad de Madrid.
Certificado de alta en el inventario municipal
Si se compran bienes (vehículos, equipos), acreditar que están registrados en el inventario del municipio.
Dónde: Lo firma el Secretario, Secretario-Interventor o Interventor del Ayuntamiento.
Factura con requisitos reglamentarios
Justificar el gasto realizado para la subvención.
Dónde: La proporciona el proveedor. Debe tener nombre, NIF, concepto, importe y estar aprobada por el ayuntamiento.
Certificación de rendición de cuentas anuales a la Cámara de Cuentas
Obligatorio para recibir el pago: acreditar que el municipio ha presentado sus cuentas anuales.
Dónde: Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-01.