CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO

Ayudas a trabajadores en paro temporal por incendios forestales

Título oficial: Orden de 30 de agosto de 2026,de la Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio, por la que se convocan subvenciones dirigidas a trabajadores afectados por expedientes temporales de regulación de empleo para recuperación de zonas incendios

Quién puede pedirla
Castilla y León, municipios afectados por incendios forestales de verano 2026

Cuánto
bolsa de 100.000 €

Hasta cuándo
Quedan 34 días (2026-11-06)

Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

Subvención de 10 euros por jornada de suspensión laboral (hasta 300 jornadas máximo) para trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo en municipios de Castilla y León dañados por incendios forestales en verano de 2026. Requiere que la base de cotización no supere 4.000 euros/mes y estar al corriente de impuestos y Seguridad Social.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Compensa económicamente a trabajadores que han perdido ingresos por suspensión temporal de contrato o reducción de jornada en sus empresas, consecuencia de los incendios forestales que afectaron a zonas de Castilla y León en 2026.

¿Quién puede pedirla?
Trabajadores (personas físicas) que trabajaban en empresas ubicadas en municipios afectados por los grandes incendios forestales de 2026, siempre que hayan sufrido suspensión de contrato o reducción de jornada por causas relacionadas con esos incendios. También aplica a trabajadores con contrato fijo discontinuo si su actividad se vio interrumpida por los incendios.

¿Qué cubre?
La ayuda paga 10 euros por cada jornada completa de suspensión laboral, con un máximo de 300 jornadas (3.000 euros máximo por trabajador). Para contratos a tiempo parcial, la cantidad se reduce proporcionalmente. No requiere cofinanciación del trabajador.

¿Qué no cubre?
No cubre a trabajadores con alta dirección. No se especifica en las bases.

¿Cómo se pide?
Se solicita mediante formulario normalizado en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León, acompañado de documentación de identidad, certificado de bases de cotización de la Seguridad Social y certificado de la empresa sobre los días afectados (si no percibe prestación por desempleo). Se puede presentar de forma telemática o presencial en los registros administrativos.

¿Qué papeles necesito?

Acreditación de identidad
Verificar que eres quien dices ser.
Dónde: DNI, pasaporte o documento oficial de identificación emitido por autoridades competentes.

Certificado de bases de cotización de los últimos 12 meses
Acreditar que tu salario no superaba los 4.000 euros/mes y cumplir requisitos de elegibilidad.
Dónde: Tesorería General de la Seguridad Social (en su sede electrónica o presencial).

Certificado de la empresa sobre días en suspensión (si no cobra prestación por desempleo)
Demostrar cuántas jornadas efectivamente estuviste en suspensión temporal.
Dónde: Tu empresa debe emitirlo con los datos del expediente de regulación de empleo.

Declaración responsable de estar al corriente con impuestos y Seguridad Social
Acreditar que no tienes deudas pendientes con la administración tributaria o la Seguridad Social.
Dónde: Se firma en el mismo formulario de solicitud; no es un documento adicional a conseguir aparte.

Declaración responsable sobre cumplimiento de requisitos
Confirmar que cumples todos los requisitos de la convocatoria.
Dónde: Se incluye en el formulario de solicitud de la plataforma telemática.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-05.