ALBACETE — AYUNTAMIENTO DE ALBACETE
Ayudas de 1.500 euros para jóvenes que compren vivienda en Albacete para equiparla
Título oficial: BASES Y CONVOCATORIA QUE REGULAN LA CONCESIÓN DE AYUDAS A JÓVENES PARA LA EQUIPACIÓN DE VIVIENDAS COMPRADAS EN EL MUNICIPIO DE ALBACETE EN LOS AÑOS 2025 Y 2026.
Quién puede pedirla
Otras entidades
Cuánto
bolsa de 1.000.000 €
Hasta cuándo
Quedan 120 días (2027-01-31)
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
El Ayuntamiento de Albacete ofrece 1.500 euros a jóvenes de 18 a 36 años que hayan comprado una vivienda en el municipio para gastarlo en muebles, electrodomésticos y artículos de decoración. La ayuda se entrega como tarjeta de débito para usar en comercios locales adheridos durante tres meses, sin poder sacar dinero en efectivo.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Ayuda a jóvenes que se emancipan comprando su primera vivienda a sufragar gastos de equipamiento como muebles, electrodomésticos o textiles del hogar. También busca dinamizar el comercio local de Albacete.
¿Quién puede pedirla?
Jóvenes mayores de 18 años y menores de 37 años que sean españoles o de la UE (o con residencia legal si son extranjeros), empadronados en Albacete desde enero de 2021, con ingresos regulares, y que hayan comprado una vivienda en el municipio entre julio de 2025 y diciembre de 2026. La vivienda no puede superar 280.000 euros.
¿Qué cubre?
1.500 euros en forma de tarjeta de débito para comprar mobiliario, electrodomésticos, artículos de cocina y baño en comercios de Albacete adheridos al programa. Solo compras presenciales en establecimientos locales; no se permiten compras en línea.
¿Qué no cubre?
No cubre intereses, impuestos, gastos de gestión o formalización de la compraventa. Tampoco se financian compras en línea o a distancia. No se subvencionan gastos en viviendas adquiridas por herencia si supone más del 50% de la propiedad.
¿Cómo se pide?
Se solicita por vía electrónica a través de la sede de URVIAL Sociedad de Gestión Urbanística, adjuntando la escritura de compraventa, nota simple de la propiedad, declaración de la renta, y varios documentos acreditativos de cumplimiento de requisitos.
¿Qué papeles necesito?
Escritura pública de compraventa
Acreditar que se ha comprado la vivienda en el período permitido.
Dónde: Notaría donde se formalizó la compra.
Nota simple de la propiedad
Acreditar que es el propietario registral de la vivienda.
Dónde: Registro de la Propiedad.
Declaración de la Renta 2025
Acreditar los ingresos del solicitante y los de su unidad de convivencia.
Dónde: Agencia Tributaria o certificado negativo si no hay que declarar.
Nota de índices de la propiedad
Acreditar que ni el solicitante ni su unidad de convivencia poseen otra vivienda en España.
Dónde: Registro de la Propiedad.
Declaración responsable de falta de parentesco con el vendedor
Garantizar que no hay relación de primer grado con quien vende la vivienda.
Dónde: El solicitante la redacta y firma.
Declaración responsable sobre participación en la empresa vendedora
Acreditar que no es socio ni accionista del vendedor.
Dónde: El solicitante la redacta y firma.
Certificado de empadronamiento histórico colectivo
Acreditar la residencia en Albacete desde enero de 2021 y que vive en la vivienda comprada.
Dónde: Ayuntamiento de Albacete.
Certificado de discapacidad (si aplica)
Si la unidad de convivencia incluye personas con discapacidad, para aplicar límites de renta más altos.
Dónde: Centro de Valoración y Orientación.
Certificado de estar al corriente de hipoteca (si aplica)
Si hay préstamo hipotecario, acreditar que se están pagando las cuotas.
Dónde: Entidad bancaria prestamista.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-18.