CASTELLBELL I EL VILAR — AYUNTAMIENTO DE CASTELLBELL I EL VILAR
Ayudas de transporte escolar para estudiantes de Castellbell i el Vilar
Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS INDIVIDUALES DE VIAJE PARA ESTUDIANTES DE 2º CICLO DE EDUCACIÓN. ED.INFANTIL Y OBLIGATORIA DE CASTELLBELL I EL VILAR, MATRICULADOS EN CENTRO PÚBLICO DEL MISMO MUNICIPIO, QUE NO DISPONGA DE NINGUNA LÍNEA DE TENO COL.
Quién puede pedirla
Ayuntamientos
Cuánto
bolsa de 2500 €
Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-10-01)
Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
Ayudas para que las familias de estudiantes de educación infantil (a partir de 3 años) y educación obligatoria de Castellbell i el Vilar puedan pagar el transporte diario al colegio cuando viven a más de 4 km del centro educativo y no hay servicio de autobús escolar. El municipio reparte un presupuesto máximo de 2.500 euros calculando la ayuda según los kilómetros de distancia y los días lectivos del curso.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Estas ayudas sirven para que los niños y niñas que viven lejos del colegio público del pueblo y no tienen autobús escolar gratuito puedan ir a clase sin que sus familias tengan que pagar todo el transporte de su bolsillo. Busca asegurar que vivir en un barrio o núcleo alejado no sea un obstáculo para que los menores estudien.
¿Quién puede pedirla?
Pueden pedirla los padres, madres o tutores legales de menores escolarizados en centros públicos de Castellbell i el Vilar (infantil segundo ciclo y obligatoria) que vivan a más de 4 kilómetros del colegio o del autobús escolar más cercano y en una zona donde no hay servicio de transporte escolar colectivo. Si la distancia es menor de 4 km, se puede solicitar si hay razones sociales o familiares especiales que lo justifiquen.
¿Qué cubre?
La ayuda financia el coste del transporte diario del menor durante el curso escolar 2026-2027. Se calcula a razón de 0,26 euros por kilómetro y día lectivo del curso. El dinero máximo disponible este año es de 2.500 euros repartido entre todas las familias que cumplan requisitos. Solo se concede una ayuda por familia aunque tengan varios hijos en el mismo municipio y centro.
¿Qué no cubre?
No se especifica en las bases.
¿Cómo se pide?
Las solicitudes se presentan en el registro general del ayuntamiento o por los medios previstos en la ley. Se debe rellenar un formulario normalizado (Anexo I) con los datos de la familia y del menor, junto con la documentación requerida.
¿Qué papeles necesito?
Fotocopia del DNI de ambos progenitores o del tutor legal
Acreditar la identidad de los solicitantes.
Dónde: No es necesario si ya se presentó en convocatorias anteriores de las mismas ayudas.
Autorización para consultar datos tributarios y de obligaciones fiscales
Permitir que el ayuntamiento compruebe si la familia está al día con Hacienda, Seguridad Social e impuestos municipales.
Dónde: Se proporciona en el formulario de solicitud; si se opone, debe aportar certificados de las administraciones.
Datos bancarios y documento que acredite la titularidad de la cuenta
Para que el ayuntamiento pueda transferir la ayuda al beneficiario.
Dónde: Certificado bancario, recibo domiciliado o fotocopia de la libreta donde conste el titular y número de cuenta.
Autorización de uso de datos personales
Consentir el tratamiento de los datos personales en la gestión de la ayuda.
Dónde: Se proporciona en el formulario de solicitud.
Certificado municipal de empadronamiento y convivencia
Acreditar que la familia reside efectivamente en Castellbell i el Vilar y convive con el menor durante todo el curso escolar.
Dónde: Se emite de oficio por el ayuntamiento.
Sentencia de separación o divorci y convenio regulador (si procede)
Acreditar el régimen de guarda y custodia establecido legalmente en casos de separación o divorcio.
Dónde: Juzgado o registro judicial que tramitó el procedimiento.
Prueba documental de circunstancias sociales o familiares especiales (si aplica)
Si la distancia es inferior a 4 km, demostrar que hay razones especiales que justifican la excepción.
Dónde: Documentación que acredite la circunstancia alegada.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-19.