Plazo cerrado. Esta convocatoria ya no acepta solicitudes. Se mantiene publicada porque suele repetirse cada año — vuelve a comprobarlo más adelante o consulta el organismo convocante para la próxima edición.

CONSEJO INSULAR DE MENORCA — CONSELL INSULAR DE MENORCA

Ayudas para actividades cinegéticas sostenibles en Menorca

Título oficial: Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 20 de julio de 2026, relativo a los bases de las ayudas en materia cinegética y la convocatoria correspondiente de 2026

Quién puede pedirla
Asociaciones, Clubes deportivos, Otras entidades

Cuánto
bolsa de 18.000 €

Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-30)

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

El Consell Insular de Menorca financia actividades sin ánimo de lucro relacionadas con la caza sostenible, como repoblaciones, promoción de modalidades tradicionales, mejora de hábitats y formación. Las sociedades de cazadores y entidades ambientales pueden solicitar hasta 6.000€ con una cofinanciación del 20%.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Estas ayudas buscan impulsar la gestión sostenible de los recursos cinegéticos de la isla, respetando la biodiversidad y promoviendo prácticas de caza responsables. Financian proyectos que mejoren el hábitat de la fauna, formen cazadores en sostenibilidad y promocionen las tradiciones locales de caza.

¿Quién puede pedirla?
Sociedades de cazadores implantadas en Menorca sin ánimo de lucro, organizaciones ecologistas y otras entidades sin afán de lucro relacionadas con el medio ambiente que actúen en cuestiones cinegéticas. Deben estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

¿Qué cubre?
Compra de especies cinegéticas autóctonas para repoblación, alimentación de especies, mejora de hábitats y vedados, actividades formativas, promoción de modalidades tradicionales de caza, honorarios de técnicos y veterinarios, edición de materiales formativos, y transporte y alojamiento de instructores. La subvención cubre hasta el 80% del coste, con un máximo de 6.000€ por beneficiario.

¿Qué no cubre?
No se financian gastos de personal (excepto vigilancia de vedados), costes indirectos, seguros, intereses, sanciones administrativas, gastos judiciales, comidas y refrescos, ni importes superiores al precio de mercado. Tampoco se contemplan actividades lucrativas.

¿Cómo se pide?
La solicitud se presenta electrónicamente a través de la sede electrónica del Consell Insular de Menorca (www.cime.es) mediante el formulario normalizado, adjuntando documentación administrativa y específica como estatutos, plan de actuaciones detallado, presupuesto por actividad, identificación catastral de parcelas y certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias.

¿Qué papeles necesito?

NIF del representante
Identificar a la persona que firma la solicitud en nombre de la entidad.
Dónde: Documento de identidad que ya posee el representante.

CIF de la entidad
Identificar fiscalmente a la asociación o sociedad beneficiaria.
Dónde: Solicitar en la Agencia Tributaria o ya constará en registros si está constituida.

Estatutos o reglamento interno inscrito en el registro
Acreditar que la entidad existe legalmente y conocer sus reglas de funcionamiento.
Dónde: Registro correspondiente (Registro de Asociaciones, Registro Mercantil u otro).

Acreditación de la representación legal
Demostrar que la persona que firma tiene autoridad para actuar en nombre de la entidad.
Dónde: Junta directiva o asamblea de la entidad que designa el representante.

Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias
Comprobar que la entidad cumple con sus obligaciones fiscales antes de recibir dinero público.
Dónde: Agencia Tributaria o puede autorizarse al Consell a verificarlo electrónicamente; si la ayuda no supera 3.000€ se puede sustituir por declaración responsable.

Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social
Acreditar que la entidad está al día en cotizaciones y aportaciones sociales.
Dónde: Tesorería de la Seguridad Social o se puede autorizar consulta electrónica.

Designación de cuenta bancaria y certificado de titularidad
Determinar dónde se ingresará el dinero de la ayuda.
Dónde: Su banco; si ya consta en archivos del Consell se puede omitir.

Declaración responsable sobre circunstancias que impidan ser beneficiario
Asegurar que la entidad no tiene prohibiciones legales para recibir subvenciones públicas.
Dónde: Formulario anexo II de las bases que firma el solicitante.

Declaración sobre otras subvenciones solicitadas para la misma actividad
Evitar que se financie dos veces el mismo gasto.
Dónde: Formulario anexo III que rellena y firma el solicitante.

Plan de actuaciones detallado
Describir qué actividades se van a desarrollar, cuándo y con qué presupuesto.
Dónde: Elaborarlo la propia entidad especificando actividades, fechas y costes.

Relación de parcelas e identificación catastral
Localizar geográficamente las zonas donde se ejecutarán los proyectos.
Dónde: Catastro o si ya consta en archivos del Consell se puede omitir.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.