CONSEJO INSULAR DE MENORCA — CONSELL INSULAR DE MENORCA
Ayudas para actividades culturales en Menorca
Título oficial: Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 20 de julio de 2026, relativo a las bases de las ayudas del Consejo Insular de Menorca destinadas a entidades culturales y la convocatoria correspondiente a 2026
Quién puede pedirla
Asociaciones, Otras entidades
Cuánto
bolsa de 320.000 €
Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-17)
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
El Consell Insular de Menorca financia proyectos culturales realizados por entidades sin ánimo de lucro en la isla. Se pueden solicitar hasta 60.000 euros por entidad, con un presupuesto total de 320.000 euros. La ayuda cubre gastos de personal, gestión y actividades culturales (música, teatro, artes visuales, cine, etc.).
Explicación fácil
¿Para qué es?
Estas ayudas sirven para financiar proyectos culturales que beneficien al público menorquín: conciertos, exposiciones, obras de teatro, festivales de cine, actividades de danza y otras iniciativas artísticas que enriquezcan la vida cultural de la isla.
¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarlas asociaciones culturales, fundaciones, entidades religiosas y asociaciones de vecinos sin ánimo de lucro, siempre que estén legalmente inscritas en los registros oficiales. También pueden participar entidades de las Islas Baleares si la actividad se realiza en Menorca. Quedan excluidas asociaciones deportivas, educativas, de juventud y grupos folclóricos.
¿Qué cubre?
Financia gastos de personal de la entidad, costes de gestión y sostenimiento, y gastos directos de las actividades culturales (materiales, contrataciones, alquiler de locales, campañas de promoción). También cubre gastos indirectos compartidos hasta el 20% del coste total. La subvención puede cubrir hasta el 60% del presupuesto de gastos.
¿Qué no cubre?
No se financian actividades internas dirigidas solo a socios, compra de equipamiento permanente, reformas de instalaciones, cursos de enseñanza artística, actividades deportivas, educativas o de juventud. Tampoco se cubren gastos financieros, inversiones, préstamos, gastos de procedimientos judiciales ni IVA recuperable.
¿Cómo se pide?
Las solicitudes se presentan a través de un trámite electrónico específico en la web del Consell Insular. Se debe incluir una memoria del proyecto, presupuesto detallado, ingresos previstos y documentación administrativa. La entidad debe estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
¿Qué papeles necesito?
Copia de los estatutos de la asociación o fundación actualizada y certificado de inscripción
Acreditar que la entidad está legalmente constituida y registrada.
Dónde: Registro de Asociaciones de las Islas Baleares o Registro Único de Fundaciones de la CAIB.
Copia del NIF de la entidad solicitante
Identificar fiscalmente a la entidad.
Dónde: Entidad solicitante (si no la presenta el representante legal).
Declaración responsable del representante legal sobre compatibilidad con requisitos de beneficiario
Confirmar que la entidad no está en situación de prohibición para recibir subvenciones públicas.
Dónde: Se firma en el trámite electrónico.
Certificado de titularidad de cuenta bancaria
Acreditar la cuenta donde se abonará la subvención.
Dónde: Entidad bancaria o si consta ya en la Tesorería del Consell Insular, no es necesario aportar de nuevo.
Acreditación de la representación (si no solicita el representante legal)
Autorizar a una persona para presentar la solicitud en nombre de la entidad.
Dónde: Acuerdo del órgano de gobierno de la entidad.
Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social
Verificar que la entidad cumple con sus obligaciones fiscales y sociales.
Dónde: Agencia Tributaria del Estado y Seguridad Social. Se puede autorizar al Consell Insular para consultarlo directamente.
Declaración responsable sobre subvenciones solicitadas o recibidas para la misma actividad
Informar de otras ayudas que se hayan pedido para evitar duplicidad de financiación.
Dónde: Se firma en el trámite electrónico.
Memoria del proyecto ejecutado o del que se piensa desarrollar
Describir la actividad, público destinatario, participantes, recursos, duración y fechas de realización.
Dónde: Se elabora y presenta en el trámite electrónico (máximo 10 páginas).
Presupuesto detallado de gastos e ingresos
Detallar todos los gastos previstos, diferenciando personal, gestión y actividades, así como ingresos propios y de terceros.
Dónde: Se elabora y presenta en el trámite electrónico.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.