Plazo cerrado. Esta convocatoria ya no acepta solicitudes. Se mantiene publicada porque suele repetirse cada año — vuelve a comprobarlo más adelante o consulta el organismo convocante para la próxima edición.

SANTOMERA — AYUNTAMIENTO DE SANTOMERA

Ayudas para actividades culturales y de promoción juvenil de asociaciones

Título oficial: Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la dinamización cultural y la promoción juvenil para el año 2026

Quién puede pedirla
Asociaciones

Cuánto
bolsa de 15.000 €

Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-24)

Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

El Ayuntamiento de Santomera financia proyectos culturales y juveniles de asociaciones sin ánimo de lucro. Se cubren exposiciones, conciertos, teatro, danza, actividades de ocio juvenil y conservación del patrimonio. El presupuesto total es de 15.000 euros distribuido entre los proyectos aprobados según su puntuación.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Estas ayudas sirven para que las asociaciones culturales puedan organizar actividades que acerquen la cultura, el arte, las tradiciones y la participación juvenil a los vecinos del municipio. Financian conciertos, exposiciones, teatro, danza, talleres de tradiciones locales y actividades para jóvenes.

¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarlas asociaciones culturales sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Santomera. La asociación debe tener entre sus fines actividades culturales o de promoción juvenil, estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y no tener expedientes de devolución de subvenciones pendientes con el Ayuntamiento.

¿Qué cubre?
Paga gastos de programas y actividades como exposiciones, conciertos, muestras, conferencias, ediciones de publicaciones, teatro, danza, recuperación de tradiciones, conservación del patrimonio y actividades de ocio juvenil. También cubre dietas, viajes y gratificaciones al personal si están expresamente recogidos en el proyecto. La cantidad concedida no puede ser mayor que el coste total del proyecto.

¿Qué no cubre?
No se financian ágapes, comidas ni bebidas para celebraciones ligadas al proyecto. Tampoco se cubren impuestos indirectos recuperables o compensables, ni impuestos sobre la renta. El IVA solo entra como gasto si no es recuperable por la entidad.

¿Cómo se pide?
Se presentan solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento o por los registros previstos en la ley. Se acompaña proyecto detallado, fotocopia del DNI del representante, CIF de la entidad, declaración responsable, certificado de junta directiva, autorización para consultar situación tributaria y datos bancarios. No se especifica en las bases el plazo exacto de presentación.

¿Qué papeles necesito?

Solicitud de subvención
Formulario oficial para participar en la convocatoria.
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento o web www.santomera.es

Proyecto detallado con descripción, justificación, objetivos, actividades, calendario y presupuesto desglosado
Explica qué actividad se quiere hacer, por qué y cuánto cuesta, para que se valore si merece financiación.
Dónde: Lo redacta la propia asociación siguiendo el modelo del Anexo II

Fotocopia del DNI del representante
Acreditar identidad de quién firma la solicitud.
Dónde: Se saca del DNI personal

Fotocopia del CIF de la entidad
Identificar fiscalmente a la asociación.
Dónde: Número asignado por Hacienda que tiene la asociación

Declaración responsable sobre causas de prohibición para recibir subvenciones
Certificar que la asociación no está en ningún supuesto que impida recibir fondos públicos.
Dónde: Modelo Anexo III de la convocatoria

Certificado del Secretario de la entidad con Visto Bueno del Presidente
Acreditar la composición actual de la Junta Directiva, fecha de última renovación y número total de asociados.
Dónde: Lo emite el Secretario de la propia asociación

Autorización para que el Ayuntamiento consulte situación tributaria y de Seguridad Social
Permitir que la Administración compruebe que la asociación está al corriente de pagos.
Dónde: Modelo Anexo V de la convocatoria

Ficha a terceros con datos bancarios
Datos para el pago de la subvención si se concede.
Dónde: Modelo Anexo VI de la convocatoria, cumplimentado y sellado por el banco

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-04.