ARENYS DE MAR — AYUNTAMIENTO DE ARENYS DE MAR
Ayudas para actividades de acción social que beneficien a personas empadronadas en Arenys de Mar
Título oficial: ÀMBIT SOCIAL - SUBVENCIONS EN RÈGIM DE CONCURRÈNCIA COMPETITIVA A ENTITATS SENSE ÀNIM DE LUCRE, ANY 2026
Quién puede pedirla
Asociaciones, Otras entidades
Cuánto
bolsa de 14.000 €
Hasta cuándo
Plazo por confirmar
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
Subvenciones para entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades de apoyo social dirigidas a personas empadronadas en el municipio, especialmente proyectos para cubrir necesidades básicas de familias en riesgo de exclusión social, personas con discapacidad o trastornos mentales, o menores en situación vulnerable. Máximo 5.000 euros por entidad de un presupuesto total de 14.000 euros.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Estas ayudas financian proyectos de acción social que atienden a familias y personas del municipio en situación de vulnerabilidad: cubriendo necesidades básicas, apoyando a personas con enfermedades graves o discapacidades, organizando actividades educativas para menores en riesgo de exclusión, o promoviendo la integración social de personas con discapacidad o problemas de salud mental.
¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarlas asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucre registradas que realicen actividades beneficiosas para personas empadronadas en Arenys de Mar. Deben estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y tener seguro de responsabilidad civil. No puede haber entidades que hayan incumplido justificaciones de ayudas anteriores.
¿Qué cubre?
Financia gastos de proyectos y actividades de acción social realizadas durante el año. La subvención máxima es de 5.000 euros por entidad. Permite deducir hasta el 20% del presupuesto como gastos indirectos (salarios administrativos, alquileres, material de oficina) sin justificar comprobantes. Exige que la entidad aporte al menos el 50% de los costos del proyecto con recursos propios.
¿Qué no cubre?
No financia actividades lucrativas ni gastos de catering o restaurante. Las facturas deben ser de compras realizadas dentro del período de ejecución del proyecto. Los pagos en efectivo no se aceptan para facturas superiores a 2.500 euros.
¿Cómo se pide?
Las solicitudes se presentan telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento usando el modelo normalizado disponible en www.arenysdemar.cat. Debe estar firmada y sellada por el presidente o representante legal de la entidad. Se adjunta la documentación especificada en el apartado de documentos necesarios.
¿Qué papeles necesito?
Declaración responsable de cumplimiento de requisitos legales
Confirmar que la entidad reúne las condiciones para ser beneficiaria y no está afectada por prohibiciones legales.
Dónde: La prepara la propia entidad siguiendo el modelo que proporciona el Ayuntamiento.
Certificados de estar al corriente con Seguridad Social, Agencia Tributaria, Hacienda Autonómica y Municipal
Acreditar que la entidad está al día con todas sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
Dónde: Se pueden solicitar a cada organismo o el Ayuntamiento puede obtenerlos directamente si la entidad lo autoriza expresamente.
Comprobante de póliza de seguro de responsabilidad civil vigente
Garantizar que la entidad tiene cobertura de responsabilidad civil.
Dónde: Lo proporciona la compañía aseguradora con la que contrate la póliza.
Memoria del proyecto o actividad a desarrollar
Describir detalladamente qué se va a hacer, a quién irá dirigido, objetivos, plan de trabajo, equipo, voluntarios, duración, número de beneficiarios y presupuesto desglosado.
Dónde: Se prepara siguiendo el modelo normalizado que facilita el Ayuntamiento.
Presupuesto total detallado de la actividad
Indicar el coste total del proyecto y qué parte se financia con fondos propios y cuál se solicita como subvención.
Dónde: Lo prepara la entidad solicitante con los gastos previstos.
DNI del representante legal (solo si es primera solicitud o hay cambios)
Identificar al representante que firma la solicitud.
Dónde: Lo proporciona la persona que representa a la entidad.
Número de Identificación Fiscal (NIF) de la entidad (solo si es primera solicitud o hay cambios)
Identificar fiscalmente a la entidad solicitante.
Dónde: Lo proporciona la entidad o puede consultarse en Hacienda.
Estatutos o escritura de constitución de la entidad (solo si es primera solicitud o hay cambios)
Acreditar que la entidad existe legalmente y sus normas de funcionamiento.
Dónde: Lo tiene la propia entidad; si no, debe solicitarse ante notario o el registro correspondiente.
Certificado de datos bancarios (solo si es primera solicitud o hay cambios)
Indicar la cuenta bancaria donde se ingresará la subvención.
Dónde: Lo expide la entidad bancaria donde tenga la cuenta.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-17.