Plazo cerrado. Esta convocatoria ya no acepta solicitudes. Se mantiene publicada porque suele repetirse cada año — vuelve a comprobarlo más adelante o consulta el organismo convocante para la próxima edición.

SEVILLA — AYUNTAMIENTO DE SEVILLA

Ayudas para alquiler de vivienda para jóvenes sevillanos emigrantes retornados

Título oficial: Convocatoria Pública de “Ayudas a las personas jóvenes emigrantes sevillanas que han retornado al municipio de Sevilla” para la anualidad 2026 la cual se regulará por lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Sevilla

Quién puede pedirla
Sevilla capital

Cuánto
bolsa de 82.000 €

Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-22)

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

El Ayuntamiento de Sevilla ofrece ayudas económicas de hasta 2.400 euros para sufragar el alquiler de vivienda a jóvenes sevillanos que han emigrado y retornado a la ciudad. Pueden solicitarla personas de 18 a 35 años nacidas en Sevilla que hayan vivido fuera de la provincia al menos un año y se empadronen nuevamente en Sevilla.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Estas ayudas pretenden facilitar que jóvenes sevillanos que se han ido a vivir fuera puedan quedarse en Sevilla cuando vuelven, ayudándoles a pagar el alquiler de su casa. Es una forma de apoyar el retorno y la permanencia de jóvenes en la ciudad.

¿Quién puede pedirla?
Cualquier persona nacida en Sevilla que tenga entre 18 y 35 años, haya vivido fuera de la provincia (en otra zona de España o en el extranjero) durante al menos un año consecutivo, y que se haya empadronado nuevamente en Sevilla en los últimos dos años. No puede ser propietario de una vivienda en Sevilla.

¿Qué cubre?
Paga hasta 2.400 euros para sufragar el alquiler mensual de una vivienda o habitación. El alquiler máximo de una vivienda completa es de 1.200 euros al mes, y el de una habitación es de 600 euros. No hay que aportar dinero propio.

¿Qué no cubre?
No se pagan gastos de fianza, gestión ni depósitos relacionados con el alquiler. No cubre gastos de servicios, suministros ni otros conceptos relacionados con la vivienda. No se especifica en las bases qué ocurre si hay situaciones especiales no contempladas.

¿Cómo se pide?
Se presenta una solicitud con formulario oficial en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla o en los registros presenciales de los distritos. Hay que adjuntar documentos como el DNI, contrato de alquiler, comprobantes de pagos bancarios y certificados de empadronamiento. Se pueden consultar todas las formas de presentación en la web municipal.

¿Qué papeles necesito?

Documento de identidad (DNI, NIE o NIF)
Acreditar la identidad del solicitante.
Dónde: Ya debe tenerlo en su poder.

Contrato de arrendamiento de vivienda o habitación
Probar que es el arrendatario oficial y que el alquiler cumple los límites establecidos.
Dónde: Lo debe tener con el propietario o arrendador.

Comprobantes de pago del alquiler (transferencias o ingresos bancarios)
Demostrar que ha pagado efectivamente el alquiler en el periodo solicitado.
Dónde: Extractos de su cuenta bancaria o justificantes del pago al arrendador.

Certificado de empadronamiento en Sevilla
Probar que vive en Sevilla en la vivienda para la que solicita la ayuda.
Dónde: Ayuntamiento de Sevilla, Padrón Municipal o a través de la plataforma de intermediación de datos si autoriza la consulta.

Certificado de titularidad de cuenta bancaria
Indicar dónde debe trasferirse el dinero de la ayuda.
Dónde: Su banco.

Certificado de inscripción consular o acreditación de emigrante retornado (si emigró al extranjero)
Probar que ha vivido fuera de España y que es un emigrante retornado.
Dónde: Consulado español en el país donde vivió, Subdelegación de Gobierno de Sevilla por correo electrónico emigraciones.sevilla@correo.gob.es o teléfono.

Certificado histórico de empadronamiento en otra provincia (si emigró dentro de España)
Acreditar dónde vivió durante su emigración y por cuánto tiempo.
Dónde: Ayuntamiento del municipio donde estuvo empadronado.

Certificado negativo de no figurar como titular catastral en Sevilla
Probar que no es propietario de ninguna vivienda en Sevilla.
Dónde: Sede electrónica del Catastro: https://www.sedecatastro.gob.es/Accesos/SecAccCertificadoNegativo.aspx

Título de Familia Numerosa (si aplica)
Obtener puntos adicionales en la valoración de la solicitud si pertenece a una familia numerosa.
Dónde: Comunidad autónoma que lo expidió.

Certificado de discapacidad (si aplica)
Obtener puntos adicionales si tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Dónde: Instituto Nacional de la Seguridad Social (IMSERSO) u órgano competente de la comunidad autónoma donde reside.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-02.