Plazo cerrado. Esta convocatoria ya no acepta solicitudes. Se mantiene publicada porque suele repetirse cada año — vuelve a comprobarlo más adelante o consulta el organismo convocante para la próxima edición.

DIPUTACIÓN PROV. DE CÓRDOBA — FUNDACIÓN PROVINCIAL ARTES PLÁSTICAS RAFAEL BOTÍ

Ayudas para artistas y gestores culturales en artes plásticas y visuales

Título oficial: CONVOCATORIA DE LA SUBVENCION APOYO A LA CREACION 2026

Quién puede pedirla
Asociaciones, Otras entidades

Cuánto
bolsa de 70.000 €

Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-24)

Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

La Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí financia proyectos de creación, formación y producción en artes plásticas y visuales. Pueden optar personas físicas, gestores culturales, asociaciones y entidades culturales privadas residentes en Córdoba o su provincia. La subvención cubre hasta el 60% del presupuesto del proyecto, con un máximo de 4.200 euros (6% de los 70.000 euros totales).

Explicación fácil

¿Para qué es?
Apoya iniciativas creativas en artes plásticas y visuales: producción de obras, movilidad de artistas, talleres, cursos, exposiciones, estancias en residencias, publicaciones y gestión de espacios de arte contemporáneo. El objetivo es cualificar artísticamente, mejorar la formación y potenciar la creación tanto individual como colectiva.

¿Quién puede pedirla?
Personas físicas naturales de Córdoba o residentes en la provincia, gestores culturales, asociaciones culturales legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones, y entidades culturales privadas con personalidad jurídica. Deben estar al corriente con la Fundación y no tener subvenciones anteriores pendientes de justificación. No hay límite de población.

¿Qué cubre?
Financia gastos relacionados con los proyectos artísticos mencionados: producción, transporte, catálogos, participación en eventos, publicaciones y otros gastos del proyecto. La subvención cubre un máximo del 60% del presupuesto total del proyecto, limitado a 4.200 euros (el 6% de los 70.000 euros disponibles). El solicitante debe aportar financiación propia.

¿Qué no cubre?
Quedan excluidas actividades docentes previstas en planes de enseñanza vigentes y equipamientos. También se excluyen proyectos que puedan acogerse a otras convocatorias anuales de la Fundación.

¿Cómo se pide?
Las personas físicas con certificado de firma electrónica presentan la solicitud en la Sede Electrónica de la Fundación (https://sede.eprinsa.es/fundacionbotí). Quienes carezcan de certificado completan el formulario online, lo imprimen y presentan en papel en el registro físico de la Fundación (calle Imágenes 15, Córdoba, de 10:00 a 14:00 h de lunes a viernes). Las personas jurídicas presentan obligatoriamente por vía electrónica.

¿Qué papeles necesito?

Acta de elección del representante legal o documento equivalente
Acredita quién tiene autoridad legal para representar la asociación o entidad cultural.
Dónde: Lo debe tener la propia entidad o asociación en sus registros.

Código de Identificación Fiscal (CIF) de la asociación o entidad
Identifica tributariamente la entidad solicitante.
Dónde: Expedido por la Agencia Tributaria; ya debe estar en poder de la entidad.

Estatutos de la asociación o entidad cultural
Acreditan la estructura, funcionamiento y legalidad de la entidad.
Dónde: La propia entidad debe poseer una copia de sus estatutos.

Inscripción en el Registro de Asociaciones
Comprueba que la asociación está legalmente constituida y registrada.
Dónde: Registro de Asociaciones de la provincia de Córdoba.

Escritura de Constitución o Estatutos de la Sociedad (si es persona jurídica)
Acredita la constitución legal de la entidad mercantil.
Dónde: Registro Mercantil Provincial.

Inscripción en el Registro Mercantil (si es persona jurídica)
Comprueba el registro legal de la sociedad mercantil.
Dónde: Registro Mercantil de Córdoba.

Proyecto completo y detallado de la actividad
Describe en detalle qué se va a hacer, cómo y cuándo.
Dónde: Lo prepara el solicitante especificando la temporalización.

Presupuesto desglosado de gastos e ingresos
Detalla qué dinero se necesita, en qué conceptos y de dónde vendrá.
Dónde: Lo prepara el solicitante con los gastos previstos.

Declaración responsable de cumplimiento de requisitos
El solicitante declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos legales y no está incurso en prohibiciones.
Dónde: Formulario incluido en la Sede Electrónica (Anexo I).

Certificación bancaria de titularidad de cuenta
Acredita dónde debe transferirse el dinero de la subvención.
Dónde: Proporcionada por la entidad financiera tras cumplimentar el Anexo II, debidamente firmado y sellado.

Documentación de cumplimiento tributario
Acredita que está al corriente con Hacienda Estatal, Diputación de Córdoba y Seguridad Social.
Dónde: La Administración puede verificarla telemáticamente si autoriza; en caso de rechazo, debe presentar certificados de cada organismo.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-25.