REQUENA — AYUNTAMIENTO DE REQUENA

Ayudas para asociaciones culturales de Requena que organicen actividades culturales

Título oficial: Convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro de Requena para la organización de las actividades de carácter cultural a realizar durante el ejercicio 2026

Quién puede pedirla
Asociaciones

Cuánto
bolsa de 155.000 €

Hasta cuándo
Quedan 19 días (fecha estimada) (2026-10-22)

Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

El Ayuntamiento de Requena financia actividades culturales organizadas por asociaciones sin ánimo de lucro con sede en el municipio. Se pueden cubrir gastos de montaje, transporte, publicidad, alquiler de espacios y otros directamente relacionados con la actividad. El presupuesto total es de 155.000 euros y se pueden financiar hasta el 100% de los gastos subvencionables.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Fomentar el asociacionismo y la participación ciudadana en actividades de cultura como teatro, música, danza, artes visuales, artesanía o difusión del patrimonio. Las ayudas permiten a las asociaciones realizar actividades culturales con apoyo económico del Ayuntamiento.

¿Quién puede pedirla?
Asociaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro con sede en Requena cuya actividad principal sea cultural (teatro, música, danza, artes plásticas, etc.). No pueden optar las asociaciones cuya actividad principal sea organizar fiestas locales, patronales, de barrio o profesionales. Deben estar al corriente de obligaciones tributarias con el Ayuntamiento.

¿Qué cubre?
Gastos de montaje y material, transporte y alojamiento, publicidad y difusión, alquiler de espacios, suministros de sedes, y gestoría. Se pueden financiar hasta el 100% de los gastos subvencionables dentro del límite de 155.000 euros disponibles. La ayuda se distribuye entre todas las solicitudes según criterios de valoración competitiva.

¿Qué no cubre?
No se financian comida y bebida (excepto degustaciones de gastronomía local), intereses bancarios, sanciones administrativas, procedimientos judicales, impuestos recuperables, material inventariable, dietas de miembros, facturas del Ayuntamiento, ni actividades internas de la asociación. También excluye actividades de fiestas locales o patronales.

¿Cómo se pide?
Las solicitudes se presentan electrónicamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Requena con el modelo oficial, dirigidas al Alcalde-Presidente. También se pueden presentar por otras formas previstas en la normativa de procedimiento administrativo común. Se adjunta documentación acreditativa de la asociación, datos bancarios, certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias, proyecto descriptivo y presupuesto detallado.

¿Qué papeles necesito?

Fotocopia compulsada del DNI del representante legal y CIF de la entidad
Identificar al representante legal y la entidad solicitante.
Dónde: El DNI se tiene personalmente y el CIF se obtiene en la Agencia Tributaria. Solo necesario si es la primera solicitud o ha habido modificaciones.

Impreso de Alta de Terceros cumplimentado
Registrar los datos bancarios para el pago de la subvención a nombre de la entidad.
Dónde: Ayuntamiento de Requena o Sede Electrónica del Ayuntamiento.

Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias con Hacienda y Seguridad Social
Acreditar que la asociación cumple con sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
Dónde: Agencia Tributaria y Seguridad Social.

Proyecto descriptivo y presupuesto detallado de las actividades
Describir las actividades que se quieren subvencionar y justificar el coste económico.
Dónde: Elaborado por la propia asociación.

Declaración responsable de otras ayudas solicitadas y obtenidas
Informar sobre ayudas de otras entidades para evitar doble financiación.
Dónde: Documento que firma la asociación bajo su responsabilidad.

Estatutos de la Asociación y declaración responsable de vigencia
Acreditar el carácter cultural y sin ánimo de lucro de la entidad.
Dónde: Archivo de la propia asociación. Solo necesario si es primera solicitud o ha habido cambios.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-23.