SEVILLA — AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
Ayudas para asociaciones de comerciantes de Sevilla que realicen actividades de promoción y dinamización del comercio minorista
Título oficial: Resolución n.º 5538 del Teniente de Alcalde Delegado de Cartuja, Parques Innovadores, Movilidad, Economía y Comercio de 20/08/2026 por el que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones para la activación del comercio minorista
Quién puede pedirla
Asociaciones
Cuánto
bolsa de 300.000 €
Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-11)
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
El Ayuntamiento de Sevilla financia proyectos de promoción y dinamización del comercio minorista realizados por asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes. Pueden incluir campañas promocionales, eventos de animación comercial, publicidad, mejora de imagen corporativa, servicios a clientes y acciones formativas. Las ayudas van hasta 10.000 euros para asociaciones, 20.000 para federaciones y 30.000 para confederaciones, con una dotación total de 300.000 euros.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Apoya a las entidades asociativas de comerciantes para que realicen actividades que mejoren la competitividad del pequeño comercio frente a otros formatos (como el comercio online) y refuercen el papel dinamizador de los comercios de barrio. El objetivo es atraer consumidores y mejorar las ventas del comercio minorista en la ciudad.
¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitar asociaciones de comerciantes, federaciones y confederaciones de comerciantes que tengan su actividad en Sevilla y cuyo ámbito de actuación sea la provincia de Sevilla. Deben estar formalmente constituidas e inscritas en el registro administrativo correspondiente.
¿Qué cubre?
Financia gastos en campañas promocionales, animación de zonas comerciales, publicidad y comunicación, mejora de imagen corporativa, servicios a clientes (reparto a domicilio, tarjetas de fidelización), asesoramiento a comercios sobre normativa y nuevas tecnologías, y acciones formativas (mínimo 4 horas con al menos 7 participantes). Para gastos iguales o superiores a 15.000 euros se debe solicitar como mínimo 3 ofertas de diferentes proveedores.
¿Qué no cubre?
No se financian: inversiones en obras o equipamiento, gastos de personal de la entidad, seguros, fianzas, tasas, tributos, premios y regalos a consumidores en concursos, regalos promocionales no asociados a campañas concretas, ni costes indirectos. Sí se puede incluir el IVA si la entidad no puede recuperarlo.
¿Cómo se pide?
Las solicitudes se presentan a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla (https://www.sevilla.org/sede-electronica) acompañadas de documentación: solicitud firmada, memoria descriptiva del proyecto, presupuesto detallado, datos para evaluación, solicitud de transferencia bancaria, NIF, estatutos inscritos, certificación del representante legal, DNI/NIE del representante, inscripción en el Registro Municipal, certificado de aprobación del proyecto, memoria de actividades del ejercicio anterior, certificado del número de comercios asociados, y certificado del porcentaje que representan.
¿Qué papeles necesito?
Solicitud cumplimentada y firmada
Formalizar la petición de subvención y declarar responsablemente que no hay causas de exclusión.
Dónde: Modelo Anexo I proporcionado por el Ayuntamiento en la convocatoria.
Memoria descriptiva del proyecto
Explicar en detalle las actuaciones a realizar y justificar su relevancia.
Dónde: Modelo Anexo II proporcionado por el Ayuntamiento.
Presupuesto detallado desglosado
Justificar los gastos previstos por cada actividad.
Dónde: Debe incluirse en el Anexo II de la solicitud.
Datos para aplicación de criterios de valoración
Facilitar la información necesaria para evaluar el proyecto según los criterios establecidos.
Dónde: Modelo Anexo III proporcionado por el Ayuntamiento.
Solicitud de transferencia bancaria
Indicar la cuenta donde se ingresará la ayuda.
Dónde: Modelo Anexo IV proporcionado por el Ayuntamiento, o certificado de titularidad bancaria si no está sellado por el banco.
NIF de la entidad
Identificar fiscalmente a la asociación.
Dónde: En poder de la entidad.
Estatutos e inscripción en Registro Administrativo
Acreditar la constitución legal de la entidad y su ámbito de actuación.
Dónde: Registro administrativo donde esté inscrita la asociación.
Certificación del representante legal
Acreditar la capacidad legal del firmante y la vigencia de su cargo.
Dónde: El secretario de la entidad expide este certificado.
DNI o NIE del representante
Identificar personalmente al representante de la entidad.
Dónde: En poder del representante.
Inscripción en Registro Municipal de Entidades de Sevilla
Demostrar que la entidad está registrada en el municipio.
Dónde: Registro Municipal del Ayuntamiento de Sevilla.
Certificación de aprobación del proyecto
Acreditar que el órgano competente de la entidad aprobó la solicitud y el proyecto.
Dónde: El secretario de la entidad expide un certificado del acta de aprobación.
Memoria de actividades del ejercicio anterior
Evaluar el historial de ejecución de proyectos de la entidad.
Dónde: Modelo Anexo VIII proporcionado por el Ayuntamiento.
Certificación del número de comercios asociados
Acreditar cuántos negocios de comercio minorista integran la asociación.
Dónde: El secretario de la entidad junto con relación nominal de los comercios.
Certificación del porcentaje de comercios respecto al total de socios
Evaluar el peso del sector comercial dentro de la entidad.
Dónde: El secretario de la entidad lo certifica basándose en sus registros.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.