CARTAGENA — AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA
Ayudas para asociaciones vecinales: actividades, mantenimiento e inversiones en locales sociales
Título oficial: CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LA PART. CIUDADANA Y EL ASOCIACIONISMO, ASÍ COMO EL MTTO. E INVERSIÓN EN LOS LOCALES SOCIALES, EN LA J.M. CASCO HISTORICO, PARA GASTO CORRIENTE
Quién puede pedirla
Asociaciones
Cuánto
bolsa de 37.000 €
Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-10)
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
El Ayuntamiento de Cartagena concede subvenciones a asociaciones vecinales y ciudadanas para financiar actividades que fomenten la participación ciudadana, el mantenimiento de locales sociales y pequeñas inversiones en equipamiento. Las asociaciones deben estar legalmente constituidas, inscritas en el registro municipal y al corriente de obligaciones tributarias. La cuantía total destinada es de 500.440 euros.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Estas ayudas sirven para que las asociaciones de vecinos puedan mantener vivos sus locales, organizar actividades que reúnan a los vecinos, fomentar la participación ciudadana y realizar pequeñas reparaciones o compras de mobiliario necesarias para el funcionamiento de sus sedes.
¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarlas las asociaciones de vecinos y entidades ciudadanas sin ánimo de lucro que estén legalmente constituidas, inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Cartagena, y al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Las asociaciones deben tener renovada su inscripción durante el primer trimestre del año.
¿Qué cubre?
La subvención financia: actividades que promuevan participación ciudadana y asociacionismo, gastos de mantenimiento del local (pintura, reparación de puertas, ventanas, aseos), pequeñas inversiones en mobiliario y equipamiento para el local, y gastos generales de funcionamiento. No hay límite máximo especificado por beneficiario en las bases.
¿Qué no cubre?
No se especifica en las bases.
¿Cómo se pide?
La solicitud se presenta a través de la Sede Electrónica Municipal dirigida a la Concejalía de Desconcentración y Participación Ciudadana. Hay que rellenar la instancia del trámite, la solicitud de subvención, los anexos correspondientes (actividades, mantenimiento o inversiones), una declaración responsable, presupuestos y certificación bancaria actualizada.
¿Qué papeles necesito?
Declaración responsable de cumplimiento de requisitos
Acreditar que la asociación está al corriente de obligaciones tributarias y cumple los requisitos para ser beneficiaria
Dónde: Se acompaña con la solicitud
Presupuestos detallados de los gastos a subvencionar
Justificar los gastos que se pretenden realizar y la cuantía solicitada
Dónde: Elaboración propia de la asociación
Certificación bancaria actualizada a 2026
Acreditar que la asociación dispone de cuenta bancaria para recibir la subvención
Dónde: Entidad bancaria donde tenga cuenta la asociación
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-28.