Plazo cerrado. Esta convocatoria ya no acepta solicitudes. Se mantiene publicada porque suele repetirse cada año — vuelve a comprobarlo más adelante o consulta el organismo convocante para la próxima edición.

SANTIAGO DE COMPOSTELA — AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

Ayudas para asociaciones vecinales sin ánimo de lucro en Santiago de Compostela

Título oficial: Subvenciones a las Asociaciones Vecinales sin ánimo de lucro 2026

Quién puede pedirla
Asociaciones

Cuánto
bolsa de 90.000 €

Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-30)

Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

Subvenciones para asociaciones vecinales constituidas legalmente en Santiago de Compostela que desarrollen programas y actividades de interés general para la ciudadanía. El Ayuntamiento financia hasta el 80% de los gastos (máximo 3.000 € o 5.100 € si son propietarias de equipamiento). Se cubre tanto actividades de participación vecinal como gastos de funcionamiento de la asociación.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Estas ayudas sirven para fortalecer las asociaciones vecinales y su capacidad de organizar actividades que dinamicen los barrios, fomenten la participación de los vecinos y mejoren la convivencia. Pagan desde charlas y talleres hasta gastos de mantenimiento del local vecinal.

¿Quién puede pedirla?
Pueden pedirla las asociaciones vecinales inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Santiago de Compostela con anterioridad a la publicación de la convocatoria. Deben estar al corriente de pagos con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento.

¿Qué cubre?
Paga actividades como talleres, charlas, encuentros vecinales, eventos culturales, campañas de sensibilización y gastos de funcionamiento (luz, agua, internet, material de oficina, asesoría, seguros). El Ayuntamiento pone hasta el 80% del coste total; la asociación debe financiar el 20% restante. Máximo 3.000 euros si no es propietaria del local, o 5.100 euros si lo es.

¿Qué no cubre?
No paga muebles o equipamiento duradero, nóminas de personal, bebidas alcohólicas, multas, tributos, efectivo por más de 600 euros, ni gastos fuera del período enero a diciembre de 2026. Tampoco cubre actividades que ya reciben subvención de otra concejalía del Ayuntamiento.

¿Cómo se pide?
Se solicita electrónicamente a través de la sede del Ayuntamiento de Santiago de Compostela presentando el formulario VE007 junto con la memoria de actividades, certificaciones tributarias, datos bancarios y presupuesto de gastos. Se puede pedir asesoramiento al departamento de Relaciones Vecinales.

¿Qué papeles necesito?

NIF de la asociación
Identificar legalmente a la entidad solicitante.
Dónde: La asociación debe tenerlo si está constituida legalmente.

DNI o NIE del representante legal que firma la solicitud
Identificar a la persona que actúa en nombre de la asociación.
Dónde: Documento personal del representante.

Certificación de inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones
Acreditar que la asociación está legalmente constituida y registrada en Santiago de Compostela.
Dónde: Ayuntamiento de Santiago de Compostela, departamento de Relaciones Vecinales.

Certificación del secretario sobre acuerdo de solicitud y nombramiento del representante
Demostrar que la junta directiva autorizó solicitar la ayuda y designó un representante.
Dónde: Emite el secretario de la propia asociación con el sello de la entidad.

Certificación del número actual de socios
Acreditar cuántos miembros tiene la asociación para la evaluación de criterios.
Dónde: Emite el secretario de la propia asociación.

Declaración jurada sobre estar al corriente de obligaciones tributarias
Declarar bajo responsabilidad que la asociación paga a Hacienda, Seguridad Social y Ayuntamiento.
Dónde: Firma el representante legal en la solicitud; no necesita documentos externos.

Datos bancarios completos (IBAN y BIC)
Indicar la cuenta de la que es titular la asociación para el ingreso de la subvención.
Dónde: El banco de la asociación proporciona estos datos.

Memoria descriptiva de actividades y presupuesto detallado
Explicar qué actividades piensa hacer, para quién, cuándo y cuánto costará cada gasto.
Dónde: La propia asociación lo redacta en el formulario VE007.

Certificaciones de estar al corriente de pagos (solo si solicita más de 3.000 euros y es propietaria del local)
Demostrar documentalmente ante las administraciones que no debe dinero por impuestos.
Dónde: AEAT (Agencia Tributaria estatal), ATRIGA (Agencia Tributaria de Galicia), TGSS (Seguridad Social) y Ayuntamiento de Santiago.

Documentación que acredite la propiedad del inmueble (si aplica)
Acreditar que la asociación es propietaria del local donde hace actividades, lo que permite optar a más dinero.
Dónde: Escritura de propiedad o nota simple del Registro de la Propiedad.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-17.