CARTAGENA — AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA
Ayudas para asociaciones y entidades ciudadanas en mantenimiento de locales sociales y actividades comunitarias
Título oficial: CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LA PART. CIUDADANA Y EL ASOCIACIONISMO, ASÍ COMO EL MTTO. E INVERSIÓN EN LOS LOCALES SOCIALES, EN LA J.M. ENSANCHE, PARA GASTO CORRIENTE
Quién puede pedirla
Asociaciones, Juntas vecinales, Otras entidades
Cuánto
bolsa de 40.000 €
Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-10)
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
El Ayuntamiento de Cartagena financia actividades de participación ciudadana, asociacionismo y mantenimiento de locales sociales de asociaciones vecinales. Las subvenciones cubren gastos de pequeñas obras, equipamiento e inversiones, así como actividades que fomenten la vida comunitaria. Pueden beneficiarse asociaciones legalmente constituidas e inscritas en el registro municipal.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Estas ayudas sirven para que las asociaciones de vecinos y entidades ciudadanas realicen actividades que fortalezcan la convivencia, dinamicen la participación de los vecinos y mantengan en buen estado sus locales sociales. Con esto se pretende potenciar el tejido social y vecinal del municipio.
¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarlas asociaciones de vecinos y entidades ciudadanas sin ánimo de lucro que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Cartagena. Deben estar al corriente de impuestos (Hacienda, Agencia Tributaria y Seguridad Social) y tener la inscripción renovada durante 2026.
¿Qué cubre?
Financia pequeños trabajos de mantenimiento y reparación de locales (pintura, arreglos de suelos, ventanas, puertas), pequeñas inversiones en equipamiento e inmobiliario, y actividades como jornadas, talleres y eventos que fomenten la participación vecinal, la igualdad y la convivencia. No requiere cofinanciación propia. La cuantía total de la convocatoria es de 500.440 euros distribuidos entre todas las asociaciones seleccionadas.
¿Qué no cubre?
No se cubre obras que impliquen cambios estructurales ni equipos de inventario de gran cuantía. Tampoco se financian actividades ordinarias del funcionamiento normal de la asociación. Las bases no especifican otras exclusiones detalladas.
¿Cómo se pide?
Se solicita a través de la Sede Electrónica Municipal con un formulario normalizado, anexos detallados (según se solicite para actividades, mantenimiento o inversiones), declaración responsable, presupuestos y certificación bancaria actualizada. La Concejalía de Desconcentración y Participación Ciudadana es el organismo responsable.
¿Qué papeles necesito?
Declaración Responsable de cumplimiento de requisitos
Acreditar que la asociación está al corriente de obligaciones tributarias y cumple los requisitos legales para ser beneficiaria.
Dónde: Se firma en la propia solicitud; el Ayuntamiento verifica la información de oficio.
Presupuestos detallados de gastos
Justificar y detallar los gastos que se pretenden realizar con la subvención, especialmente para inversiones.
Dónde: La propia asociación debe elaborarlos con presupuestos de proveedores.
Certificación bancaria actualizada a 2026
Acreditar los datos de la cuenta corriente para realizar el pago de la subvención.
Dónde: Banco o caja de ahorros donde la asociación tenga la cuenta.
Anexo I (Actividades)
Detallar los proyectos, actividades y jornadas que se pretenden realizar durante 2026 y sus beneficios para la comunidad.
Dónde: Formulario proporcionado por el Ayuntamiento; debe cumplimentarlo la asociación solicitante.
Anexo II (Mantenimiento de local)
Especificar las reparaciones, acondicionamientos y trabajos de mantenimiento que se quieren ejecutar.
Dónde: Formulario proporcionado por el Ayuntamiento con presupuestos de los trabajos.
Anexo III (Inversiones)
Detalle de mobiliario y equipamiento necesario con expresión de costes unitarios y totales.
Dónde: Formulario del Ayuntamiento acompañado de presupuestos de proveedores.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-28.