REUS — AYUNTAMIENTO DE REUS

Ayudas para comidas en comedores de centros especiales para personas con discapacidad psíquica

Título oficial: SUBVENCIONS PER A L`ASSISTÈNCIA DE PERSONES AMB DISCAPACITAT PSÍQUICA A MENJADORS CENTRES ESPECIALS 2026

Quién puede pedirla
Asociaciones

Cuánto
bolsa de 55.000 €

Hasta cuándo
Quedan 147 días (2027-02-27)

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

El Ayuntamiento de Reus financia comidas en comedores de centros especiales y servicios de terapia ocupacional para personas con discapacidad psíquica. La subvención es de 1,80€ a 3,61€ por persona y día, según los ingresos de la familia y criterios sociales. Se requiere que los ingresos anuales de la unidad de convivencia no superen el límite establecido más un 20%.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Ayuda a familias con pocos recursos a pagar las comidas de sus hijos o familiares con discapacidad psíquica que asisten a centros especiales de trabajo y servicios de terapia ocupacional en la ciudad de Reus. El dinero se destina directamente a los centros para cubrir el coste de la alimentación.

¿Quién puede pedirla?
Familias de personas con discapacidad psíquica que acudan a centros especiales de trabajo o servicios de terapia ocupacional. Los centros colaboradores (como Associació Taller BaixCamp y Fundació Pere Mata) pueden presentar las solicitudes en nombre de las familias si estas lo autorizan.

¿Qué cubre?
El Ayuntamiento paga entre 1,80€ y 3,61€ por cada comida. El importe depende de los ingresos familiares (cálculo especial con miembros con discapacidad), la disponibilidad presupuestaria y criterios sociales como tener varios hijos en centros especiales o tener progenitores mayores de 65 años. La cuantía máxima inicial es de 1,80€ por comida, que puede aumentarse si queda presupuesto disponible.

¿Qué no cubre?
No se especifica en las bases.

¿Cómo se pide?
La solicitud se presenta a través de los centros colaboradores, que rellenan el formulario normalizado y lo entregan en la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento. También se puede presentar telemáticamente en la Sede Electrónica o presencialmente. Hay dos procedimientos: uno abreviado si la situación familiar no ha cambiado respecto al año anterior, y otro ordinario con documentación completa de ingresos.

¿Qué papeles necesito?

Declaración de ingresos del año 2025
Acreditar la situación económica de los miembros computables de la unidad de convivencia para calcular si se tiene derecho a la ayuda.
Dónde: Agencia Tributaria o declaración de renta presentada. Si no está obligado a declararla, presentar documentación de ingresos alternativos.

Certificado de imputaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o certificado de pensiones/ayudas exentas
Acreditar ingresos cuando la persona no está obligada a presentar declaración de la renta.
Dónde: Agencia Tributaria o entidad que otorgue la pensión/ayuda.

Autorización firmada para consultar datos económicos y grado de discapacidad
Permitir que el Ayuntamiento compruebe electrónicamente los datos de renta y discapacidad de los miembros de la familia.
Dónde: Formulario que proporciona el Ayuntamiento o el centro colaborador. Si no se autoriza, hay que presentar los documentos anteriores manualmente.

Declaración responsable de no cambios (procedimiento abreviado)
Certificar que la composición de la unidad familiar y la documentación no ha variado respecto al año anterior.
Dónde: Formulario del Ayuntamiento si se solicita por procedimiento abreviado.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-29.