HUÉTOR VEGA — AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR VEGA
Ayudas para compra de material escolar para familias con dificultades económicas
Título oficial: Convocatoria de las Bases Específicas de Subvenciones de concurrencia competitiva para la Línea 4 para adquisición de material escolar del Ayuntamiento de Huétor Vega para el curso 2026-2027 (ejercicio 2026).
Quién puede pedirla
Otras entidades
Cuánto
bolsa de 10.000 €
Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-18)
Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
El Ayuntamiento de Huétor Vega ofrece ayudas en forma de talones canjeables para adquirir material escolar. Los beneficiarios son familias con situación económica desfavorable que tengan hijos escolarizados en el municipio. Las ayudas son de 100 euros por alumno de infantil y 60 euros para primaria, secundaria y bachiller.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Esta ayuda ayuda a las familias con menos recursos económicos a comprar el material escolar necesario (libros, cuadernos, mochilas, etc.) para que sus hijos puedan ir a la escuela sin problemas. Es para que la falta de dinero no sea un obstáculo para que los niños estudien.
¿Quién puede pedirla?
Pueden pedirla padres, madres o tutores legales de menores que vivan en Huétor Vega y estén en una situación económica difícil. Los hijos tienen que estar escolarizados en infantil (0-5 años), primaria, ESO o Bachiller en centros del municipio. Además, la familia tiene que estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento.
¿Qué cubre?
La ayuda se da en forma de talón que se canjea por material escolar. Para infantil son 100 euros por alumno. Para primaria, secundaria y bachiller son 60 euros por alumno. El presupuesto total es de 10.000 euros y se reparte entre las solicitudes que cumplan los requisitos.
¿Qué no cubre?
No se especifica en las bases.
¿Cómo se pide?
Hay que presentar una solicitud firmada con el modelo oficial, acompañada de documentos que demuestren la situación económica de la familia. Se entrega en el Ayuntamiento de Huétor Vega.
¿Qué papeles necesito?
Solicitud según modelo oficial
Formalizar la petición de la ayuda.
Dónde: En el Ayuntamiento de Huétor Vega o en su página web.
DNI, NIE o Pasaporte del solicitante
Identificar al padre, madre o tutor que pide la ayuda.
Dónde: Ya lo tiene el solicitante.
Libro de Familia o documentación de tutela
Acreditar la relación entre el solicitante y los menores.
Dónde: Registro Civil o documentación judicial en caso de tutela.
Declaración responsable de matriculación escolar
Confirmar que los hijos están escolarizados en centros del municipio en el curso 2026-2027.
Dónde: Lo proporciona el solicitante, puede basarse en documentos del colegio.
Certificado de la Seguridad Social y SEPE
Acreditar la situación laboral de miembros de la familia sin contrato.
Dónde: Sede electrónica de la Seguridad Social y SEPE.
Certificado de estar al corriente con el Ayuntamiento
Demostrar que no hay deudas con hacienda municipal.
Dónde: El propio Ayuntamiento lo aporta al procedimiento.
Fe de vida laboral
Acreditar la historia laboral de miembros de la familia mayores de 16 años.
Dónde: Seguridad Social (sede electrónica o presencialmente).
Nómina del último mes
Demostrar los ingresos mensuales actuales de la familia (sin incluir extras).
Dónde: Empresa empleadora.
Declaración Trimestral 130/131 o Declaración de la Renta
En caso de trabajadores autónomos, acreditar sus ingresos.
Dónde: Copia del solicitante, disponible en declaraciones tributarias.
Certificado de Seguridad Social (para autónomos)
Confirmar que el autónomo está al corriente con la Seguridad Social.
Dónde: Sede de la Seguridad Social.
Sentencia y convenio regulador (si aplica)
En caso de separación o divorcio, acreditar la situación y obligaciones de manutención.
Dónde: Juzgado o copia que tenga la familia.
Recibo de alquiler o hipoteca del último mes
Demostrar gastos de vivienda, si se necesita para evaluar la situación económica.
Dónde: Arrendador o entidad hipotecaria.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-01.