Plazo cerrado. Esta convocatoria ya no acepta solicitudes. Se mantiene publicada porque suele repetirse cada año — vuelve a comprobarlo más adelante o consulta el organismo convocante para la próxima edición.

HUÉTOR VEGA — AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR VEGA

Ayudas para comprar material escolar a familias con dificultades económicas

Título oficial: Convocatoria de las Bases Específicas de Subvenciones de concurrencia competitiva para la Línea 4 para adquisición de material escolar del Ayuntamiento de Huétor Vega para el curso 2026-2027

Quién puede pedirla
Otras entidades

Cuánto
bolsa de 10.000 €

Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-18)

Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

El Ayuntamiento de Huétor Vega ofrece dinero a familias con pocos recursos para comprar material escolar a sus hijos. Se da un talón de 100 euros por alumno en infantil, y 60 euros por alumno en primaria, ESO y bachiller. El total disponible es de 10.000 euros.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Ayudar a las familias que no pueden permitirse comprar libros, cuadernos y otros materiales escolares necesarios para que sus hijos asistan a clase. Es para niños escolarizados en centros del municipio de Huétor Vega.

¿Quién puede pedirla?
Pueden pedirla madres, padres o tutores legales de menores que se encuentren en una situación económica difícil. Los hijos deben estar escolarizados en educación infantil (0-5 años), primaria (1º a 6º), ESO (1º a 4º) o bachiller (1º a 2º) en un colegio del municipio de Huétor Vega. No pueden solicitarla personas con deudas pendientes con el ayuntamiento o la Seguridad Social, ni quienes hayan sido condenadas a perder el acceso a subvenciones públicas.

¿Qué cubre?
Se entrega un talón canjeable: 100 euros por cada hijo en educación infantil, y 60 euros por cada hijo en primaria, ESO o bachiller. El dinero se distribuye por orden de llegada de las solicitudes hasta agotar los 10.000 euros disponibles.

¿Qué no cubre?
No se especifica en las bases.

¿Cómo se pide?
Se presenta una solicitud (según el modelo oficial) acompañada de documentación que demuestre la situación económica, la matriculación escolar y la identidad. Se entrega en el Ayuntamiento de Huétor Vega siguiendo el procedimiento que establezcan.

¿Qué papeles necesito?

Solicitud firmada según modelo oficial
Formalizar la petición de ayuda.
Dónde: Ayuntamiento de Huétor Vega o su página web.

DNI, NIE o pasaporte del solicitante
Verificar la identidad de quien solicita.
Dónde: Expedición civil o comisaría de policía.

Libro de Familia o documento de tutela
Acreditar que es padre, madre o tutor legal del menor.
Dónde: Registro Civil o documentación judicial.

Declaración responsable de matriculación escolar
Confirmar que el hijo está matriculado en un centro escolar de Huétor Vega para 2026-2027.
Dónde: Colegio donde está matriculado el alumno.

Certificado de la Seguridad Social y del SEPE
Acreditar si los miembros de la familia están en paro o no tienen contrato de trabajo.
Dónde: Sede electrónica de la Seguridad Social y SEPE.

Certificado de estar al corriente con el Ayuntamiento
Verificar que no hay deudas fiscales municipales.
Dónde: Ya lo proporciona el Ayuntamiento al tramitar la solicitud.

Fe de vida laboral
Mostrar el historial de empleo de los adultos de la familia.
Dónde: Sede electrónica de la Seguridad Social.

Nómina del último mes
Acreditar los ingresos de todos los miembros de la familia que trabajan.
Dónde: Empleador o se conserva del recibimiento del pago.

Declaración Trimestral modelo 130 o 131, o Declaración de la Renta 2025
Si hay trabajadores autónomos, acreditar sus ingresos.
Dónde: Impuestos.gob.es o asesorías.

Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social
Si hay autónomos, verificar que cotizan regularmente.
Dónde: Sede electrónica de la Seguridad Social.

Sentencia y convenio regulador o resolución judicial
En caso de separación o divorcio, acreditar las medidas sobre manutención.
Dónde: Juzgado que tramitó el proceso.

Recibo de alquiler o hipoteca del último mes
Acreditar gastos de vivienda si superan límites económicos establecidos.
Dónde: Arrendador o entidad hipotecaria.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-29.