Plazo cerrado. Esta convocatoria ya no acepta solicitudes. Se mantiene publicada porque suele repetirse cada año — vuelve a comprobarlo más adelante o consulta el organismo convocante para la próxima edición.

CARTAGENA — AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA

Ayudas para comprar mobiliario y equipamiento de locales sociales en Alumbres

Título oficial: CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LA PART. CIUDADANA Y EL ASOCIACIONISMO, ASÍ COMO EL MTTO. E INVERSIÓN EN LOS LOCALES SOCIALES, EN LA J.M. ALUMBRES, PARA INVERSIONES

Quién puede pedirla
Asociaciones

Cuánto
bolsa de 2738,1 €

Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-10)

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

El Ayuntamiento de Cartagena reparte dinero entre las asociaciones de vecinos y entidades ciudadanas de la Junta Municipal de Alumbres para pequeñas inversiones en sus locales sociales: mobiliario y equipamiento. La bolsa para esta modalidad en Alumbres es de 2.738,10 euros y se reparte por concurrencia competitiva según una puntuación de hasta 100 puntos. Puede anticiparse hasta el 100% del importe concedido sin necesidad de aval.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Sirve para que las asociaciones de vecinos puedan equipar mejor su local social: sillas, mesas, armarios, aparatos y demás equipamiento que hace falta para que el local funcione. La idea es reforzar el tejido asociativo y la vida vecinal del barrio.

¿Quién puede pedirla?
Asociaciones legalmente constituidas, inscritas y con la inscripción renovada en el Registro Municipal de Asociaciones de Cartagena, que actúen en el territorio de la Junta Municipal de Alumbres y estén al corriente con Hacienda, Seguridad Social y el propio Ayuntamiento. Quedan fuera las asociaciones que no hayan justificado subvenciones municipales anteriores.

¿Qué cubre?
Pequeñas inversiones en mobiliario y equipamiento del local social, detalladas unidad por unidad con su coste y con presupuesto adjunto. La partida para Alumbres en esta modalidad es de 2.738,10 euros y el pago puede adelantarse íntegro. No se exige aportar dinero propio, aunque la suma de ayudas no puede superar el coste real de la actuación.

¿Qué no cubre?
No se admiten cambios estructurales en el local (eso va por la modalidad de mantenimiento), facturas emitidas por personas vinculadas a la asociación, recibos de colaboración de particulares ni donativos, ni pagos en efectivo superiores a 1.000 euros.

¿Cómo se pide?
Se presenta todo por la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cartagena, dirigido a la Concejalía de Desconcentración y Participación Ciudadana: instancia del trámite, solicitud, Anexo III de inversiones, declaración responsable, presupuestos y certificado bancario.

¿Qué papeles necesito?

Instancia del trámite de la Concejalía de Desconcentración y Participación Ciudadana
Es el escrito que abre el expediente y al que se adjunta todo lo demás.
Dónde: Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cartagena (www.cartagena.es).

Solicitud en modelo normalizado
Recoge los datos de la asociación y lo que se pide.
Dónde: Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cartagena.

Anexo III de inversiones
Detallar el mobiliario o equipamiento que se quiere comprar, con coste por unidad y total.
Dónde: Modelo anexo a la convocatoria, disponible en la sede electrónica municipal.

Presupuesto de las inversiones
Acreditar el precio de lo que se va a comprar; sin él la solicitud se desestima.
Dónde: Se pide a la empresa o proveedor que vaya a suministrar el material.

Declaración responsable
Manifestar que la asociación cumple los requisitos para ser beneficiaria y autorizar al Ayuntamiento a comprobar que está al corriente de pagos.
Dónde: Modelo incluido en la solicitud, se firma por el representante legal.

Certificación bancaria actualizada a 2026
Acreditar la cuenta de la asociación donde se ingresará la ayuda.
Dónde: La entidad bancaria de la asociación.

Dirección electrónica habilitada (DEH) o correo único
Recibir las notificaciones del expediente por vía telemática.
Dónde: Se indica en la propia solicitud.

Anexo IV de aceptación de la subvención
Aceptar formalmente la ayuda concedida; si no se acepta, se entiende que se renuncia.
Dónde: Modelo anexo a la convocatoria, se presenta por sede electrónica.

Anexos VII y VIII con facturas y justificantes de pago
Justificar después que el dinero se gastó en la inversión aprobada.
Dónde: Modelos municipales; las facturas las emite el proveedor y los justificantes los da el banco.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-28.