CARTAGENA — AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA
Ayudas para comprar mobiliario y equipamiento del local social en Santa Lucía
Título oficial: CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LA PART. CIUDADANA Y EL ASOCIACIONISMO, ASÍ COMO EL MTTO. E INVERSIÓN EN LOS LOCALES SOCIALES, EN LA J.M. SANTA LUCIA, PARA INVERSIONES
Quién puede pedirla
Asociaciones, Otras entidades
Cuánto
bolsa de 6000 €
Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-10)
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
El Ayuntamiento de Cartagena reparte 6.000 € entre las asociaciones de vecinos y entidades ciudadanas de la Junta Municipal de Santa Lucía para pequeñas inversiones en sus locales sociales: mobiliario y equipamiento que mejore el funcionamiento del local. Se concede en concurrencia competitiva, valorando el número de socios y la necesidad de la actuación, y puede pagarse anticipadamente hasta el 100%.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Sirve para que las asociaciones de vecinos del barrio de Santa Lucía puedan equipar mejor su local social: comprar sillas, mesas, armarios, aparatos o cualquier equipamiento que necesiten para funcionar. Con ello se busca que el tejido asociativo tenga un sitio digno donde reunirse y organizar actividades para los vecinos.
¿Quién puede pedirla?
Asociaciones de vecinos y entidades ciudadanas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, inscritas y con la inscripción renovada en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Cartagena, y que actúen en el ámbito de la Junta Municipal de Santa Lucía. Quedan fuera las que no hayan justificado subvenciones anteriores del Ayuntamiento.
¿Qué cubre?
Pequeñas inversiones en el local social: unidades de mobiliario y otro equipamiento, detallando coste por unidad y total con presupuesto. La bolsa para esta Junta es de 6.000 € y se reparte entre las solicitudes según la puntuación obtenida; se puede cobrar por anticipado hasta el 100% sin necesidad de aval.
¿Qué no cubre?
No se admiten recibos de colaboración de personas físicas ni donativos, facturas emitidas por personas vinculadas a la asociación, ni pagos en efectivo superiores a 1.000 €. En la modalidad de mantenimiento no entran cambios estructurales; esta línea es específicamente para inversiones.
¿Cómo se pide?
Se presenta obligatoriamente por la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cartagena, con la instancia del trámite de la Concejalía de Desconcentración y Participación Ciudadana, la solicitud, el Anexo III de inversiones, declaración responsable, presupuestos y certificado bancario.
¿Qué papeles necesito?
Instancia del trámite y solicitud normalizada
Es el impreso oficial con el que se pide la subvención.
Dónde: Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cartagena (trámite de la Concejalía de Desconcentración y Participación Ciudadana).
Anexo III de inversiones
Detallar el mobiliario o equipamiento que se quiere comprar, con coste por unidad y total.
Dónde: Modelo anexo a la convocatoria, disponible en la web municipal y la Sede Electrónica.
Presupuestos del mobiliario o equipamiento
Acreditar el coste de la inversión; sin ellos la solicitud se desestima.
Dónde: Los facilita el proveedor o la tienda donde se vaya a comprar.
Declaración responsable
Manifestar que la asociación cumple los requisitos para ser beneficiaria y estar al corriente de sus obligaciones.
Dónde: Modelo incluido en la solicitud de la convocatoria.
Certificación bancaria actualizada de la cuenta
Indicar en qué cuenta se ingresará el dinero.
Dónde: La entidad bancaria de la asociación.
Anexo I de actividades y Anexo II de mantenimiento (si además se solicitan esas modalidades)
Describir proyectos de actividades o labores de mantenimiento del local cuando se pidan esas líneas.
Dónde: Modelos anexos a la convocatoria en la Sede Electrónica.
Anexo IV de aceptación de la subvención
Aceptar formalmente la ayuda concedida; si no se acepta, se entiende que se renuncia.
Dónde: Modelo anexo a la convocatoria, se presenta por Sede Electrónica firmado por el representante legal.
Memorias de ejecución y memoria económica con facturas (Anexos V a VIII)
Justificar después que el dinero se gastó en lo aprobado.
Dónde: Modelos anexos a la convocatoria; las facturas las emiten los proveedores.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-28.