ERRENTERIA — AYUNTAMIENTO DE ERRENTERIA

Ayudas para comunidades energéticas locales

Título oficial: LÍNEA DE SUBVENCIÓN 10.5: COMUNIDADES ENERGÉTICAS. CONVOCATORIA DE 2026

Quién puede pedirla
Asociaciones

Cuánto
bolsa de 30.000 €

Hasta cuándo
Quedan 20 días (fecha estimada) (2026-10-23)

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

Subvención para asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades relacionadas con energía comunitaria. Se financia la realización de actividades, eventos y acciones dirigidas a la comunidad local, con un presupuesto total de 30.000 euros disponible.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Esta ayuda sirve para que asociaciones y grupos sin ánimo de lucro puedan financiar actividades sobre energías comunitarias y sostenibles. Busca apoyar iniciativas que acerquen a la ciudadanía información sobre cómo producir y consumir energía de manera colectiva y respetuosa con el medio ambiente.

¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarla asociaciones, entidades culturales, grupos comunitarios y organizaciones sin ánimo de lucro que estén legalmente constituidas. La entidad debe tener una cuenta bancaria a su nombre y estar al día con sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social.

¿Qué cubre?
Financia gastos de actividades, eventos y acciones comunitarias relacionadas con energía. La entidad solicitante debe presentar un presupuesto detallado de gastos e ingresos esperados, y la ayuda cubre el déficit estimado entre ambos. Debe haber cofinanciación: la entidad aporta ingresos propios y otras fuentes, la subvención completa lo que falta.

¿Qué no cubre?
No se especifica en las bases.

¿Cómo se pide?
Se presenta una solicitud mediante imprimaki oficial con datos de la entidad, descripción de las actividades a realizar en 2026, presupuestos detallados de gastos e ingresos, y documentación de constitución. Según las bases, la comunicación puede ser electrónica o en papel. Se requiere firma del representante legal de la entidad.

¿Qué papeles necesito?

NAN o CIF de la entidad
Identificar al solicitante y verificar que no está en situación de prohibición para recibir ayudas.
Dónde: Documento de identidad de la persona responsable (si es persona física) o número de identificación fiscal de la entidad (si es entidad jurídica).

Estatutos de la asociación o entidad
Acreditar que la entidad existe legalmente y está correctamente constituida. Solo es obligatorio en la primera solicitud o si los estatutos han sido modificados.
Dónde: Archivo de la propia entidad o registro de asociaciones.

Certificado bancario de apertura de cuenta
Demostrar que la entidad tiene una cuenta corriente a su nombre para recibir la ayuda.
Dónde: Entidad bancaria o caja de ahorros donde tenga la cuenta abierta.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-24.