DIPUTACIÓN PROV. DE VALLADOLID — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID
Ayudas para crear y mantener asociaciones de empresarios y comerciantes
Título oficial: Acuerdo de la Junta de Gobierno Local nº 63/26 de 24 de abril, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la constitución y funcionamiento de asociaciones de empresarios y comerciantes y para el desarrollo de actividades de promoción 2026.
Quién puede pedirla
Asociaciones
Cuánto
bolsa de 40.000 €
Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-30)
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
La Diputación de Valladolid ofrece subvenciones a asociaciones de empresarios y comerciantes registradas para cubrir gastos de constitución, funcionamiento y promoción. Cada asociación puede recibir entre 2.500 y 5.000 euros, dependiendo de la disponibilidad presupuestaria y el número de socios. Se financia con 40.000 euros totales.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Estas ayudas buscan fortalecer el tejido empresarial y comercial de la provincia de Valladolid, creando y apoyando asociaciones que agrupen a empresarios y comerciantes. El objetivo es mantener el empleo, mejorar la competitividad económica y fomentar el emprendimiento local.
¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarla asociaciones de empresarios o comerciantes registradas en el Registro de la Junta de Castilla y León cuya sede social esté en un municipio de Valladolid con menos de 20.000 habitantes. Deben estar inscritas en el registro antes de presentar la solicitud.
¿Qué cubre?
La subvención cubre gastos de constitución de la asociación (como estatutos y gestoría), gastos de funcionamiento (alquiler de local, nóminas, servicios), y gastos de publicidad y promoción. Cada beneficiario recibe una cantidad fija de 2.500 euros, con posibilidad de complemento hasta 5.000 euros según disponibilidad presupuestaria. La subvención se limita al gasto real efectuado.
¿Qué no cubre?
No se financian gastos de inversión ni gastos de desplazamiento. Tampoco se admiten facturas que hayan sido ya subvencionadas por otra entidad para la misma finalidad.
¿Cómo se pide?
La solicitud se presenta mediante sede electrónica (https://www.sede.diputaciondevalladolid.es/tramites-disponibles/02S227/) usando certificado digital o cl@ve. El solicitante debe incluir una declaración de cumplimiento de requisitos y acompañar documentación sobre gastos realizados (facturas y comprobantes bancarios) o presupuestos si aún no se han gastado.
¿Qué papeles necesito?
DNI o CIF de la asociación
Identificar a la entidad solicitante.
Dónde: La Diputación puede consultarlo electrónicamente si se autoriza.
Registro de inscripción en la Junta de Castilla y León como asociación de empresarios o comerciantes
Acreditar que la asociación está legalmente constituida y registrada.
Dónde: Junta de Castilla y León o disponible en la plataforma si se autoriza la consulta.
Estatutos de la asociación
Verificar las normas internas de funcionamiento de la asociación.
Dónde: La propia asociación.
Acta de la Junta Directiva con miembros actuales y representante
Acreditar quién representa a la asociación.
Dónde: La propia asociación.
Certificado del secretario con número de socios
Documentar el número de asociados para el reparto proporcional de fondos sobrantes.
Dónde: La propia asociación.
Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social
Verificar que la asociación no tiene deudas laborales.
Dónde: La Diputación puede consultarlo electrónicamente si se autoriza, o la Seguridad Social.
Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria
Verificar que la asociación no tiene deudas fiscales.
Dónde: La Diputación puede consultarlo electrónicamente con autorización expresa, o la AEAT.
Facturas, nóminas y comprobantes de pago
Justificar los gastos realizados o comprometer su realización.
Dónde: Proveedores, entidades financieras o presupuestos.
Datos bancarios de la asociación
Permitir que la Diputación realice el pago de la subvención.
Dónde: La entidad bancaria (modelo disponible en http://www.diputaciondevalladolid.es/pagos).
Memoria de actividades publicitarias
En caso de que haya gastos de publicidad, acreditar las acciones realizadas o previstas.
Dónde: La propia asociación debe elaborarla.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-17.