Plazo cerrado. Esta convocatoria ya no acepta solicitudes. Se mantiene publicada porque suele repetirse cada año — vuelve a comprobarlo más adelante o consulta el organismo convocante para la próxima edición.

CONSELL INSULAR D’EIVISSA — CONSELL INSULAR DE IBIZA

Ayudas para dinamizar el comercio, artesanía local y emprendimiento en Ibiza

Título oficial: Ayudas a los ayuntamientos para el fomento del comercio y artesanía local, y el emprendimiento empresarial en la isla de Ibiza

Quién puede pedirla
Ayuntamientos

Cuánto
bolsa de 350.000 €

Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-04)

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

Subvención dirigida a los ayuntamientos de Ibiza para financiar actividades que impulsen el comercio local, la artesanía tradicional y el emprendimiento. Cubre el 65% de gastos en formación, publicidad, ferias y mercados artesanales. La cantidad varía según cada municipio, desde 10.131 euros hasta 154.214 euros.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Ayuda a los ayuntamientos a impulsar el comercio local, mejorar la imagen de los comercios y promover la artesanía tradicional de Ibiza. También financia actividades para fomentar nuevas empresas y empleos en la isla.

¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarla todos los ayuntamientos de la isla de Ibiza que hayan realizado acciones públicas de dinamización comercial, artesanal o de emprendimiento. Deben estar al corriente de obligaciones fiscales, tributarias y con la Seguridad Social.

¿Qué cubre?
Financia el 65% de gastos en: estudios y programas comerciales, formación del sector, acciones de publicidad y promoción, desarrollo de plataformas web, ferias y mercados, material promocional, y eliminación de plásticos. Los mercados artesanales requieren al menos 60% de participantes con carta de artesano. No hay límite máximo de subvención por ayuntamiento, depende del presupuesto disponible asignado a cada uno.

¿Qué no cubre?
Excluye gastos de obra, adquisición de bienes inventariables, alquiler de locales, impuestos e IVA recuperable, intereses, sanciones, gastos judiciales, cócteles y comidas, decoraciones sin evento asociado, gastos de personal propio, e incentivación de productos de segunda mano.

¿Cómo se pide?
Se solicita mediante instancia normalizada presentada en la sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza, acompañada de memoria descriptiva de la actividad, informe de intervención del ayuntamiento certificando gastos realizados y pagados, certificación detallada de gastos e ingresos, y certificación de cumplimiento de la normativa de contratos públicos.

¿Qué papeles necesito?

Memoria descriptiva de la actividad
Detallar el proyecto, su ubicación, fechas, descripción de acciones, justificación del interés comercial y empresas o personas beneficiarias.
Dónde: La elabora el propio ayuntamiento según el modelo establecido en las bases.

Informe de Intervención certificado por Secretaría
Acreditar el conjunto de gastos realizados y pagados relativos a la subvención solicitada.
Dónde: Lo emite la propia corporación municipal a través del órgano de intervención.

Certificación de gastos e ingresos emitida por Secretaría
Relacionar detalladamente los gastos con importe, concepto y acreedor, así como ingresos y otras subvenciones percibidas, indicando si el IVA es recuperable.
Dónde: Lo emite la Secretaría del Ayuntamiento.

Certificación de cumplimiento de normativa de contratos públicos
Acreditar que las actuaciones se han llevado a cabo según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.
Dónde: Lo emite la Secretaría o el órgano competente del Ayuntamiento.

Certificación de estar al corriente de obligaciones tributarias y Seguridad Social
Demostrar que el ayuntamiento cumple con sus obligaciones fiscales ante el Estado, la Comunidad Autónoma y la Seguridad Social.
Dónde: Puede autorizarse su comprobación telemática ante Hacienda y Seguridad Social, o aportar certificados en vigor si no se autoriza la consulta.

Autorización de consulta a Hacienda del Consejo Insular de Ibiza
Permitir la comprobación de si el ayuntamiento está al corriente de obligaciones económicas con el Consejo Insular.
Dónde: Se indica en la solicitud si se autoriza o no la comprobación; si no se autoriza deben aportarse certificados.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.