CASTILLA Y LEÓN — FUNDACIÓN PARA EL ANCLAJE EMPRESARIAL Y LA FORMACIÓN PARA EL EMPLEO
Ayudas para emprendedores que se den de alta por cuenta propia en Tierra de Campos
Título oficial: Subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo en Tierra de Campos. Mínimis general. Reg.(UE)2023/2831. Resolución del 05/06/2023, del Presidente de la Comisión Ejecutiva de Anclaje de FAFECYL
Quién puede pedirla
Otras entidades
Cuánto
bolsa de 525.000 €
Hasta cuándo
Quedan 104 días (2027-01-15)
Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
Subvenciones para personas que se registren como autónomas en la región de Tierra de Campos. La ayuda busca apoyar el autoempleo con una dotación total de 600.000 euros. Se conceden por orden de solicitud mientras haya presupuesto disponible.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Estas ayudas pretenden impulsar el autoempleo y crear nuevas actividades económicas en la zona de Tierra de Campos. Apoyan a personas que decidan trabajar por cuenta propia registrándose como autónomas o en mutualidades profesionales.
¿Quién puede pedirla?
Personas que se den de alta como autónomas en el RETA (Régimen de Trabajadores Autónomos) o en una mutualidad de colegio profesional durante el período establecido. El solicitante debe estar desempleado e inscrito en los servicios de empleo en el momento del alta. Pueden realizar prácticamente cualquier actividad económica: comercio, servicios, construcción, hostelería, actividades profesionales, etc.
¿Qué cubre?
La ayuda cubre gastos de puesta en marcha de la actividad empresarial (facturas y documentos de valor probatorio). Se acepta un máximo de 300.000 euros por persona en tres años para actividades generales, 50.000 euros para actividades agrícolas, y 750.000 euros para servicios de interés económico general. Los gastos deben ser de 100 euros o más (sin IVA).
¿Qué no cubre?
No se especifica en las bases.
¿Cómo se pide?
Se presenta la solicitud por vía electrónica a través de la sede electrónica de Castilla y León (tramitacastillayleon.jcyl.es) con certificado digital o DNI electrónico. Se acompaña documentación acreditativa de gastos realizados, alta como autónomo, y situación laboral previa.
¿Qué papeles necesito?
Certificado de alta en el RETA o Mutualidad del Colegio Profesional
Acreditar que se ha registrado como trabajador autónomo en la fecha requerida
Dónde: En el registro de la Seguridad Social o del colegio profesional correspondiente
Vida laboral de los seis meses previos al alta
Demostrar la situación laboral anterior para confirmar que era demandante de empleo
Dónde: Solicitud en la Tesorería General de la Seguridad Social o consulta telemática
Informe de Periodos de Inscripción como demandante de empleo
Acreditar que estaba desempleado e inscrito en servicios de empleo en el momento del alta
Dónde: Servicio Público de Empleo (SEPE o servicio autonómico de empleo)
Certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
Acreditar que no tiene deudas con Hacienda ni con la Seguridad Social
Dónde: Agencia Tributaria y Tesorería General de la Seguridad Social
Certificado de situación en el censo de actividades económicas (AEAT)
Confirmar el alta en la actividad económica con su fecha y localización del centro de trabajo
Dónde: Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
Facturas, contratos y documentos justificativos de gastos realizados
Acreditar los gastos de puesta en marcha de la actividad que se solicita financiar
Dónde: Proveedores o entidades que emitieron los documentos
Documentos acreditativos de pago de los gastos
Demostrar que se han pagado efectivamente los gastos (transferencias, cheques, recibos con sello, etc.)
Dónde: Extractos bancarios, entidad bancaria, comercios donde se realizó el pago
Declaraciones responsables (várias según situación)
Confirmar bajo responsabilidad del solicitante distintos extremos: otras ayudas recibidas, participación en entidades, cumplimiento normativo, etc.
Dónde: Formulario disponible en la sede electrónica tramitacastillayleon.jcyl.es
Documentación constitutiva en caso de ser miembro de entidad sin personalidad jurídica
Acreditar la composición y participación en la entidad si no se solicita a título individual
Dónde: Acta o documento de constitución de la entidad
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.