CASTRILLÓN — AYUNTAMIENTO DE CASTRILLÓN
Ayudas para gastos de funcionamiento de asociaciones de vecinos
Título oficial: Subvención concurrencia competitiva para funcionamiento asociaciones vecinales: aprobación convocatoria y bases reguladoras
Quién puede pedirla
Asociaciones
Cuánto
bolsa de 22.000 €
Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-08-31)
Cómo se solicita
Consulta las bases oficiales.
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
El Ayuntamiento de Castrillón ofrece subvenciones para que las asociaciones de vecinos locales paguen sus gastos de funcionamiento, como alquiler del local, luz, material de oficina y otros gastos de mantenimiento. Se distribuyen 22.000 euros entre las solicitudes según el número de socios y colaboración en actividades municipales.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Estas ayudas sirven para que las asociaciones de vecinos puedan cubrir sus gastos básicos de funcionamiento durante el año, como mantener la sede social en condiciones, pagar servicios e impulsar la vida asociativa del barrio o localidad.
¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarlas asociaciones de vecinos sin ánimo de lucro que estén constituidas legalmente, inscritas en el registro municipal de entidades ciudadanas de Castrillón y tengan la sede social o delegación en el municipio. Deben estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
¿Qué cubre?
La ayuda paga gastos de mantenimiento de la asociación: seguros del local, material de oficina y informático, artículos de limpieza, material de bricolaje, pequeños electrodomésticos, internet, telefonía y servicios como luz o reparaciones. No hay cantidad máxima fija por asociación; se reparte proporcionalmente según el número de socios y participación en actividades municipales.
¿Qué no cubre?
No se pagan intereses bancarios, sanciones, procedimientos judicales, impuestos ni gastos de alimentación o bebida. Tampoco los gastos de asesoría legal o financiera a menos que sean directamente necesarios para el funcionamiento.
¿Cómo se pide?
Se presenta telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento con un formulario de solicitud, estatutos, comprobante de inscripción en el registro municipal, autorización para consultar datos tributarios y de Seguridad Social, y datos de la entidad.
¿Qué papeles necesito?
Estatutos de la asociación
Acreditar que la entidad está constituida legalmente y sin ánimo de lucro.
Dónde: Si el Ayuntamiento ya los tiene, no hay que aportarlos de nuevo; si no, se aporta fotocopia compulsada u original.
Certificado de inscripción en el Registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Castrillón
Demostrar que la asociación está registrada oficialmente en el municipio.
Dónde: Si el Ayuntamiento ya lo tiene, no hay que aportarlo; si no, se solicita al Ayuntamiento.
Autorización firmada para consultar datos tributarios y de Seguridad Social
Permitir que el Ayuntamiento compruebe que la asociación está al corriente de obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Dónde: Se firma en el momento de presentar la solicitud, según el modelo que proporciona el Ayuntamiento.
Comprobante de justificación de subvenciones anteriores
Acreditar que la asociación ha rendido bien cuentas de ayudas previas del Ayuntamiento.
Dónde: Si el Ayuntamiento lo tiene registrado, no se aporta; si no, se obtiene de expedientes anteriores municipales.
Certificado del número de socios
Servir de criterio de valoración: cuantos más socios, más puntos para la ayuda.
Dónde: Lo expide la asociación con su propia documentación interna.
Ficha de acreedores
Facilitar el pago de la subvención directamente en la cuenta bancaria de la asociación.
Dónde: Se cumplimenta en línea a través del trámite personalizado disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.