Plazo cerrado. Esta convocatoria ya no acepta solicitudes. Se mantiene publicada porque suele repetirse cada año — vuelve a comprobarlo más adelante o consulta el organismo convocante para la próxima edición.

SEVILLA — AYUNTAMIENTO DE SEVILLA

Ayudas para gastos de funcionamiento de asociaciones en el Distrito Nervión de Sevilla

Título oficial: BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, EN CONCEPTO DE “GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 2026”, POR EL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE SEVILLA, A TRAVÉS DEL DISTRITO NERVIÓN.

Quién puede pedirla
Asociaciones

Cuánto
bolsa de 19.500 €

Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-14)

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

El Ayuntamiento de Sevilla, a través del Distrito Nervión, ofrece subvenciones para cubrir gastos generales de funcionamiento de asociaciones ciudadanas locales durante 2026. Cada entidad puede recibir hasta 1.600 euros para sufragar alquiler de sede, suministros, gastos de oficina y pequeñas reparaciones. El dinero se reparte entre todas las asociaciones que cumplen requisitos, con independencia del presupuesto disponible (19.500 euros totales).

Explicación fácil

¿Para qué es?
Estas ayudas buscan fortalecer el movimiento asociativo del barrio Nervión, permitiendo que las asociaciones vecinales mantengan sus sedes abiertas y funcionen correctamente. Así se fomenta la participación ciudadana en asuntos públicos.

¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarla asociaciones ciudadanas inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla, sin ánimo de lucro, con sede en el Distrito Nervión. No pueden tener fines exclusivamente políticos, sindicales, mercantiles o religiosos. Deben estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

¿Qué cubre?
Paga gastos de alquiler de sede, suministros (luz, teléfono, internet), limpieza (máximo 20% de la ayuda), material de oficina, pequeñas reparaciones (máximo 10%), pintura de superficies pequeñas (máximo 10%), seguros de sede y gastos de comunidad. La ayuda máxima por entidad es de 1.600 euros. El Ayuntamiento paga el 100% anticipado sin necesidad de que justifiques gasto previo.

¿Qué no cubre?
No cubre gastos inventariables (bienes duraderos), proyectos específicos de la entidad, inversiones que cambien la estructura de la sede, agua, adquisición de revistas o boletines informativos, ni gastos de responsabilidad civil. Tampoco financia actividades empresariales derivadas de la asociación.

¿Cómo se pide?
Hay que presentar solicitud electrónica a través de la sede electrónica del Ayuntamiento (sede.sevilla.org) con documentación como certificado del Registro, datos fiscales, presupuesto anual equilibrado, DNI del representante legal y certificado bancario. No se especifica en las bases si hay plataforma específica o cómo exactamente presentarla telemáticamente más allá de la sede electrónica.

¿Qué papeles necesito?

Solicitud de ayuda
Formular la petición de subvención con datos de la entidad y gastos a sufragar.
Dónde: Descargable de la web del Ayuntamiento (www.sevilla.org) o en la oficina del Distrito Nervión en Avda. Cruz del Campo, 38 A.

Certificado del Secretario de la entidad
Acreditar quién es el representante legal que firma la solicitud.
Dónde: Lo emite la propia asociación, firmado por su secretario o secretaria.

Tarjeta de Identificación Fiscal (TIF)
Identificar correctamente a la entidad para propósitos fiscales.
Dónde: La tiene la asociación si está dada de alta en Hacienda. Si no la tiene, debe solicitarla a la Agencia Tributaria.

DNI o NIE del representante legal en vigor
Identificar al firmante de la solicitud.
Dónde: Original del documento de identidad del representante.

Declaración responsable de no estar en causas de prohibición
Confirmar que la entidad cumple requisitos legales y no tiene deudas con Hacienda, Agencia Tributaria ni Seguridad Social.
Dónde: Modelo Anexo III de la convocatoria, que firma el representante de la entidad.

Autorización para consultar datos fiscales
Permitir al Ayuntamiento verificar si la asociación está al corriente de tributos y Seguridad Social.
Dónde: Modelo Anexo III de la convocatoria, que firma el representante.

Declaración de no recibir subvención de otro Área o Distrito
Garantizar que no están financiando los mismos gastos desde otro sitio del Ayuntamiento.
Dónde: Modelo Anexo III, declaración responsable firmada por el representante.

Autorización para comunicaciones electrónicas
Aceptar recibir notificaciones por correo electrónico en lugar de papel.
Dónde: Modelo Anexo III de la convocatoria.

Presupuesto de Ingresos y Gastos 2026
Demostrar que la entidad tiene un presupuesto equilibrado (no más gastos que ingresos) y detallar qué dinero se necesita.
Dónde: Lo prepara la propia entidad siguiendo el modelo Anexo IV, con todo desglosado por conceptos.

Certificado bancario de titularidad de cuenta
Acreditar que la cuenta bancaria donde ingresar la ayuda pertenece a la asociación.
Dónde: Lo emite el banco. Puede ser un certificado reciente o un recibo que identifique claramente la cuenta de la entidad.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-25.