SEVILLA — AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
Ayudas para gastos de funcionamiento de entidades ciudadanas del distrito San Pablo-Santa Justa
Título oficial: CONVOCATORIA PUBLICA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA, DEL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA, A TRAVÉS DEL DISTRITO SAN PABLO-SANTA JUSTA, DESTINADA A GASTOS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO DE LAS ENTIDADES DEL DITRITO PARA EL AÑO 2026.
Quién puede pedirla
Asociaciones, Clubes deportivos, Otras entidades
Cuánto
bolsa de 25.000 €
Hasta cuándo
Quedan 1 días (2026-10-04)
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
El Ayuntamiento de Sevilla ofrece subvenciones para cubrir gastos de funcionamiento de entidades ciudadanas sin ánimo de lucro ubicadas en el distrito San Pablo-Santa Justa. Cada entidad puede recibir hasta 1.000 euros para gastos como alquiler de sede, suministros, seguros y material de oficina. La subvención cubre el 100% de los gastos solicitados.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Estas ayudas sirven para que las asociaciones, clubes y entidades de vecinos del distrito puedan pagar sus gastos diarios de funcionamiento como el alquiler de la sede, la electricidad, internet o los seguros. Así pueden mantener su estructura y continuar con sus actividades en beneficio de la comunidad.
¿Quién puede pedirla?
Pueden pedirla entidades ciudadanas sin ánimo de lucro que tengan su sede en el distrito San Pablo-Santa Justa, estén inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla, y cuyos objetivos sean la defensa de intereses generales de los vecinos. No pueden solicitarla entidades cuyo fin sea exclusivamente político, sindical, mercantil o religioso.
¿Qué cubre?
La subvención paga hasta 1.000 euros anuales para gastos como alquiler de sede, luz, agua caliente, teléfono e internet, mantenimiento de equipos informáticos, material de oficina, pequeños arreglos de la sede, productos de limpieza, seguros de la sede y seguros de responsabilidad civil. El 100% de los gastos de funcionamiento que la entidad especifique pueden ser cubiertos.
¿Qué no cubre?
No se pagan gastos de agua, bienes que tengan que inventariarse, proyectos específicos, reformas grandes de la sede que cambien su estructura, o cualquier gasto que no sea de funcionamiento ordinario. Los productos de limpieza, pequeños arreglos y pintura no pueden superar el 20% de la subvención.
¿Cómo se pide?
La solicitud se presenta electrónicamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla con los formularios establecidos (Anexos I a VIII), que incluyen datos de la entidad, presupuesto para 2026, declaraciones de estar al corriente con impuestos y Seguridad Social, y una memoria de actividades del año anterior.
¿Qué papeles necesito?
Solicitud oficial (Anexo I)
Formalizar la solicitud de subvención con los datos de la entidad y los gastos que se desean subvencionar.
Dónde: En la página web del Ayuntamiento de Sevilla (www.sevilla.org)
Acreditación del representante legal (Anexo II)
Verificar que la persona que firma la solicitud tiene autoridad legal para representar a la entidad.
Dónde: Se emite por el Secretario de la entidad
Documento de identidad (DNI o NIE) del representante y del Secretario
Acreditar la identidad de las personas que suscriben los documentos.
Dónde: Se debe aportar copia en vigor
Declaración responsable (Anexo III)
Certificar que la entidad cumple los requisitos legales, está al corriente con impuestos y Seguridad Social, y autorizar consultas de situación fiscal.
Dónde: Modelo proporcionado por el Ayuntamiento de Sevilla
Presupuesto general de ingresos y gastos para 2026 (Anexo IV)
Demostrar que la entidad tiene gastos y presupuesto equilibrado, y especificar qué gastos se van a subvencionar.
Dónde: Lo debe elaborar la entidad solicitante
Certificados de estar al corriente con Hacienda
Acreditar que la entidad no tiene deudas con la Agencia Tributaria ni con el Ayuntamiento de Sevilla.
Dónde: Agencia Tributaria (sede electrónica o presencialmente) y Ayuntamiento de Sevilla
Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social
Acreditar el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social.
Dónde: Tesorería General de la Seguridad Social
Correo electrónico de contacto (Anexo V)
Permitir que el Ayuntamiento notifique a la entidad sobre la solicitud electrónicamente.
Dónde: Debe proporcionarlo el solicitante
Declaración sobre número de socios, ámbito territorial y participación municipal (Anexo VI)
Aportar información sobre la representatividad y participación de la entidad en órganos municipales.
Dónde: Modelo del Ayuntamiento de Sevilla
Memoria de actividades del año 2025 (Anexo VII)
Demostrar que la entidad realiza actividades de interés social y su nivel de participación ciudadana.
Dónde: Lo debe elaborar la entidad basándose en sus actividades desarrolladas
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.