Plazo cerrado. Esta convocatoria ya no acepta solicitudes. Se mantiene publicada porque suele repetirse cada año — vuelve a comprobarlo más adelante o consulta el organismo convocante para la próxima edición.

DIPUTACIÓN PROV. DE ZAMORA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

Ayudas para obras e infraestructuras municipales en municipios pequeños de Zamora

Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA EJECUCION DE OBRAS Y ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS PMO 2028

Quién puede pedirla
Ayuntamientos, Juntas vecinales

Cuánto
bolsa de 8.000.000 €

Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-30)

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

La Diputación de Zamora financia obras e infraestructuras en municipios y entidades locales menores de la provincia con menos de 20.000 habitantes. Se concede un mínimo de 13.000 euros por ayuntamiento solicitante, más 5.000 euros por cada anejo, y una cantidad adicional según población. El presupuesto total disponible es de 8.000.000 de euros.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Estas ayudas sirven para que los pueblos y pequeños municipios puedan hacer obras necesarias para prestar mejor servicio a sus vecinos: arreglar calles, mejorar alcantarillado, hacer alumbrado público o mejorar cementerios, entre otras. Resuelve el problema de que los municipios pequeños tienen pocos recursos económicos propios para ejecutar infraestructuras básicas.

¿Quién puede pedirla?
Pueden pedirla todos los municipios de la provincia de Zamora con menos de 20.000 habitantes, así como entidades locales menores (juntas vecinales) que tengan competencias para ejecutar obras. Ejemplos: pueblos con 1.000, 5.000 o 10.000 habitantes. No pueden solicitar municipios con 20.000 o más habitantes.

¿Qué cubre?
Paga obras completas: pavimentación de calles, sistemas de agua y saneamiento, alumbrado público, cementerios, caminos rurales, edificios municipales. También cubre gastos complementarios como redacción de proyectos, dirección de obra y seguimiento arqueológico, hasta un máximo del 6% del coste total. El municipio puede recibir entre 13.000 euros (como mínimo) y cantidades mayores según su población y número de anejos. Hay que cofinanciar parte con fondos propios del municipio.

¿Qué no cubre?
No se pagan: gastos financieros, asesoría jurídica, notaría, impuestos recuperables, intereses o sanciones, gastos de pleitos, redacción de planes de urbanismo. Tampoco se financian obras que pretenden obtener ganancia (como nichos de cementerio para vender). No se pagan partidas alzadas ni imprevistos. Se especifica en las bases.

¿Cómo se pide?
Se solicita por vía electrónica en la sede electrónica de la Diputación de Zamora (diputaciondezamora.sedelectronica.es). Si se presenta en papel, hay que reenviarla electrónicamente. Se necesita presentar: acuerdo del ayuntamiento aprobando la obra, proyecto técnico con presupuesto detallado, declaración de otras ayudas recibidas, certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social, y documentos acreditando disponibilidad de terrenos y autorizaciones administrativas.

¿Qué papeles necesito?

Acuerdo o resolución del ayuntamiento aprobando la obra y el importe solicitado
Acredita que el ayuntamiento ha aprobado oficialmente la obra que se va a financiar con la subvención.
Dónde: Lo emite el ayuntamiento solicitante en sesión plenaria o de junta de gobierno.

Proyecto técnico o memoria descriptiva de la obra
Describe la obra a realizar, sus características, presupuesto detallado y financiación necesaria.
Dónde: Lo redacta un técnico competente (ingeniero, arquitecto) por encargo del ayuntamiento.

Certificado de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social
Acredita que el ayuntamiento cumple sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Dónde: Agencia Estatal de Administración Tributaria (Hacienda) y Tesorería General de la Seguridad Social, por vía electrónica.

Declaración de otras ayudas recibidas o solicitadas
Informa si el ayuntamiento ha recibido o solicitado otras subvenciones para la misma obra, para evitar financiación duplicada.
Dónde: Lo redacta el propio ayuntamiento como declaración responsable.

Certificado de no incumplimiento de obligaciones con la Diputación
Acredita que el ayuntamiento no tiene deudas pendientes con la Diputación de Zamora.
Dónde: La Diputación lo expide directamente si el ayuntamiento da autorización, o el ayuntamiento lo puede gestionar.

Certificado de contar con autorizaciones administrativas para ejecutar la obra
Demuestra que la obra cuenta con todos los permisos necesarios (urbanísticos, ambientales, etc.).
Dónde: Lo expide el ayuntamiento solicitante tras tramitar los permisos correspondientes.

Acuerdo o resolución sobre disponibilidad de los terrenos
Acredita que el ayuntamiento dispone de los terrenos donde se ejecutará la obra.
Dónde: Lo aprueba el ayuntamiento en pleno o junta de gobierno.

Compromiso de asumir conservación y mantenimiento de la obra
El ayuntamiento se obliga a mantener la obra una vez finalizada.
Dónde: Lo otorga el propio ayuntamiento como compromiso formal ante la Diputación.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-01.