Plazo cerrado. Esta convocatoria ya no acepta solicitudes. Se mantiene publicada porque suele repetirse cada año — vuelve a comprobarlo más adelante o consulta el organismo convocante para la próxima edición.

ELVILLAR/BILAR — AYUNTAMIENTO DE ELVILLAR/BILAR

Ayudas para pagar matrículas de cursos de euskera en centros oficiales

Título oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE ELVILLAR PARA EL CURSO 2025/2026 CON OBJETO DE FINANCIACIAR LOS GASTOS DE MATRICULA EN CENTROS OFICIALES U HOMOLOGADOS DE EUSKERA, INCLUYENDO LOS CENTROS DE AUTOAPRENDIZAJE.

Quién puede pedirla
Otras entidades

Cuánto
bolsa de 300 €

Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-15)

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

El Ayuntamiento de Elvillar financia los gastos de matriculación en cursos de euskera en centros oficiales o homologados, incluyendo plataformas de autoaprendizaje. Las ayudas van dirigidas a personas que quieran aprender o mejorar su conocimiento del euskera. El presupuesto total disponible es de 300 euros.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Esta ayuda sirve para que vecinos de Elvillar puedan pagar la matrícula de cursos de euskera sin tener que gastar dinero de su bolsillo. Financia inscripciones en centros oficiales, centros homologados y plataformas de autoaprendizaje.

¿Quién puede pedirla?
Pueden pedirla personas físicas que vivan en Elvillar y quieran aprender euskera en centros oficiales u homologados. No se especifica en las bases si hay otros requisitos de edad, ingresos o situación laboral.

¿Qué cubre?
La ayuda cubre los gastos de matriculación en centros de euskera oficiales, homologados o de autoaprendizaje. No se especifica en las bases el importe máximo de ayuda por persona ni el porcentaje de financiación.

¿Qué no cubre?
No se especifica en las bases.

¿Cómo se pide?
Se solicita mediante un formulario rellenando los datos personales. No se especifica en las bases si hay que presentarlo presencialmente o por vía electrónica, ni el lugar exacto donde se entrega.

¿Qué papeles necesito?

Fotocopia del DNI/NIF
Acreditar la identidad y residencia de la persona solicitante.
Dónde: La tiene la persona interesada o se puede sacar copia en cualquier policía local o gestoría.

Número de cuenta bancaria (IBAN)
Para que el Ayuntamiento pueda transferir la ayuda si es concedida.
Dónde: Lo proporciona el banco donde tiene la cuenta corriente.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-01.