SANTIAGO DE COMPOSTELA — AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

Ayudas para promoción y dinamización comercial en Santiago de Compostela

Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y DINAMIZACIÓN COMERCIAL 2026

Quién puede pedirla
Asociaciones

Cuánto
bolsa de 85.000 €

Hasta cuándo
Plazo por confirmar

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

Subvenciones para asociaciones de comerciantes sin ánimo de lucro que realicen actividades de promoción y dinamización comercial en el municipio. La ayuda cubre hasta el 80% de los gastos subvencionables, con un máximo de 40.000 euros por entidad. Se financian campañas publicitarias, sistemas de fidelización, formación comercial y otras acciones orientadas a potenciar las ventas y atraer consumidores.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Esta ayuda financia acciones que ayuden a los comercios locales a vender más y atraer clientes: campañas publicitarias, ofertas especiales, formación del personal, mejora del escaparatismo, presencia en redes sociales, y otras iniciativas que beneficien directamente a los comercios asociados.

¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarla asociaciones de comerciantes o entidades que representen pequeñas y medianas empresas comerciales, siempre que: tengan al menos 15 establecimientos asociados, sean sin ánimo de lucro, estén legalmente constituidas, tengan su sede en Santiago de Compostela, y que el 60% de sus asociados sean comercios (no mercadillos municipales). Los requisitos deben cumplirse cuando se presenta la solicitud.

¿Qué cubre?
Financia gastos de personal y administración directamente relacionados con actividades de promoción comercial: campañas publicitarias, sistemas de fidelización de clientes, formación en ventas y atención al cliente, material promocional, servicios de asesoramiento, mejora de competitividad. La subvención llega hasta el 80% del presupuesto aprobado, con un máximo de 40.000 euros por asociación. La entidad debe aportar mínimo el 20% de los gastos.

¿Qué no cubre?
No se financian: compra de bienes de inversión o inventario, impostos indirectos recuperables, gastos de viaje o dietas del personal, bolsas no biodegradables, patrocinios de eventos lúdicos o gastronómicos sin participación directa de comercios, pagos de préstamos e intereses. Las actividades deben estar directamente ligadas a fomentar ventas comerciales, no a ocio o turismo general.

¿Cómo se pide?
La solicitud se presenta obligatoriamente por vía electrónica a través de la sede electrónica municipal (sede.santiagodecompostela.gal), usando el formulario CS006 y eligiendo el trámite 'Solicitud de subvención'. Debe acompañarse de memoria descriptiva del proyecto, presupuesto detallado por actividad, estatutos de la asociación, documentación del representante legal, declaración de otras ayudas solicitadas, y certificados de estar al corriente de obligaciones fiscales y de Seguridad Social (si la solicitud es de 3.000 euros o más).

¿Qué papeles necesito?

Acta de constitución, estatutos y modificaciones posteriores
Acreditar que la asociación está legalmente constituida y con qué reglas funciona.
Dónde: En poder de la asociación; si consta en expedientes anteriores puede presentarse declaración responsable.

Código de identificación fiscal (CIF) e inscripción en registro
Identificar fiscalmente a la asociación y verificar su existencia legal.
Dónde: Agencia Tributaria; declaración responsable si ya consta en la administración.

Poder notarial o escritura pública de representación
Acreditar que quien firma la solicitud tiene autoridad para representar a la asociación.
Dónde: Notaría; o declaración responsable si ya consta en expedientes anteriores.

Documento de identidad del representante legal
Verificar identidad de quien firma en nombre de la asociación.
Dónde: Documento nacional de identidad original o copia compulsada.

Memoria explicativa del proyecto con presupuesto detallado
Describir qué actividades se harán, cuánto cuesta cada una, y cuánta subvención se solicita (máximo 80% de cada gasto).
Dónde: Se elabora según el modelo-guía que proporciona el Concello (Anexo II).

Declaración de otras ayudas solicitadas o recibidas
Verificar que el total de subvenciones para lo mismo no supera el 100% del gasto.
Dónde: Lo firma la Secretaría de la asociación con visto bueno de la Presidencia.

Certificado de exención de IVA (si aplica)
Si la asociación está exenta de IVA, acreditarlo para que se acepten gastos sin IVE.
Dónde: Agencia Tributaria.

Certificado de estar al corriente con Seguridad Social, Hacienda Estatal y Hacienda Autonómica (Galicia)
Verificar que la asociación no tiene deudas y puede recibir fondos públicos.
Dónde: Sede electrónica de Seguridad Social, Agencia Tributaria, y Agencia Tributaria de Galicia. Solo obligatorio si la solicitud es de 3.000 euros o más.

Declaración responsable de no incumplir prohibiciones legales
Certificar que la asociación no está en situación de prohibición para recibir subvenciones (p.ej., no estar condenada, no tener deudas pendientes de reintegro).
Dónde: Se redacta según modelo; la firma el representante legal.

Listado de establecimientos asociados con epígrafes empresariales
Acreditar que hay mínimo 15 asociados y que el 60% son comercios (según categorías de IAE autorizadas).
Dónde: Certificado de la Secretaría con visto bueno de la Presidencia; solo refleja establecimientos al día en pagos.

Certificado de personal y gastos de administración asignados a actividades
Justificar cuánto salario y administración se imputa a cada actividad y en qué porcentaje de jornada.
Dónde: Certificado de la Secretaría con visto bueno de la Presidencia de la asociación.

Tres ofertas de proveedores (si gasto subvencionable ≥ 15.000 euros)
Demostrar que se eligió proveedor de forma eficiente y económica (salvo excepciones justificadas).
Dónde: Se solicitan directamente a proveedores antes de adjudicar; se acompañan a la solicitud si el gasto ya estaba previsto.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.