SAN FERNANDO — AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO
Ayudas para promover actividades culturales en San Fernando
Título oficial: Convocatoria de Subvenciones destinadas a personas físicas, entidades y asociaciones que desarrollen una labor de promoción cultural en San Fernando en 2026.
Quién puede pedirla
Asociaciones
Cuánto
bolsa de 100.000 €
Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-08-28)
Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
El Ayuntamiento de San Fernando financia proyectos culturales presentados por personas físicas dedicadas profesionalmente a cultura y por asociaciones sin ánimo de lucro. Las actividades deben realizarse entre noviembre de 2025 y octubre de 2026. El presupuesto total es de 100.000 euros, con un máximo del 10% por beneficiario.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Estas ayudas sirven para apoyar iniciativas culturales que enriquezcan la vida cultural de San Fernando: conciertos, exposiciones, teatro, eventos de flamenco, actividades de recuperación del patrimonio, publicaciones, conferencias o proyectos culturales diversos.
¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarla personas físicas que trabajen profesionalmente en cultura (inscritas en el censo de actividades económicas) y asociaciones o entidades culturales sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Asociaciones de Andalucía. No pueden ser entidades con ánimo de lucro ni aquellas que hayan incumplido la justificación de ayudas anteriores.
¿Qué cubre?
Paga gastos directos de la actividad: honorarios a artistas, material, alquiler de espacios, diseño y edición de publicaciones, difusión, transporte de participantes. El máximo es el 10% del presupuesto total (10.000 euros por beneficiario). Se pueden solicitar otras ayudas siempre que el total no supere el coste real del proyecto.
¿Qué no cubre?
No financia compra de equipamiento permanente (instrumentos, ordenadores, cámaras), obras o reformas de inmuebles, vestuario o atrezo que se reutilice, gastos de representación o protocolarios, gastos financieros ni sanciones. El IVA solo es subvencionable si la entidad no puede recuperarlo.
¿Cómo se pide?
Se solicita por internet a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. Hay que enviar la solicitud, una memoria describiendo el proyecto, un autobaremación (puntuación que se da uno mismo), y certificados de estar al corriente de impuestos y Seguridad Social. Las asociaciones también deben aportar sus estatutos y composición de junta directiva vigente.
¿Qué papeles necesito?
Solicitud del Anexo I
Formulario oficial para participar en la convocatoria.
Dónde: Sede electrónica del Ayuntamiento de San Fernando.
Memoria del Proyecto (Anexo II)
Descripción detallada de las actividades que se van a realizar, calendario, impacto cultural y participación ciudadana prevista.
Dónde: Modelo normalizado en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Autobaremación (Anexo III)
Documento en el que el solicitante se asigna puntos según los criterios de valoración para que la comisión lo revise.
Dónde: Modelo normalizado en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Certificado de estar al corriente con Hacienda (AEAT)
Acredita que no tiene deudas con la Agencia Tributaria.
Dónde: Sede electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT).
Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN)
Acredita que no tiene deudas con impuestos autonómicos.
Dónde: Sede electrónica de la Agencia Tributaria de Andalucía.
Certificado de estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
Acredita que no tiene deudas de cotizaciones a la Seguridad Social.
Dónde: Sede electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Certificado de no tener deudas con el Ayuntamiento de San Fernando
Acredita que está al corriente de pagos con el Ayuntamiento.
Dónde: Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria.
Certificado de situación censal (solo personas físicas)
Acredita que está dado de alta como profesional de la cultura en el censo de actividades económicas.
Dónde: Sede electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT).
Inscripción en el Registro de Asociaciones de Andalucía (solo asociaciones)
Acredita que la entidad está legalmente constituida y registrada.
Dónde: Registro de Asociaciones de la Junta de Andalucía.
Estatutos de la asociación (solo asociaciones)
Documento que regula el funcionamiento y objetivos de la entidad.
Dónde: Copia del acta de constitución o último documento presentado ante el Ayuntamiento.
Composición vigente de la Junta Directiva (solo asociaciones)
Acredita quién representa legalmente a la entidad en el momento de la solicitud.
Dónde: Documento actualizado de la entidad o copia de acta de elección.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.