Plazo cerrado. Esta convocatoria ya no acepta solicitudes. Se mantiene publicada porque suele repetirse cada año — vuelve a comprobarlo más adelante o consulta el organismo convocante para la próxima edición.

PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y TURISMO

Ayudas para proyectos de cultura tradicional en lengua asturiana, gallego-asturiano o eonaviego

Título oficial: Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de cultura tradicional en lengua asturiana o en gallego-asturiano o eonaviego promovidos por entidades sin ánimo de lucro

Quién puede pedirla
Asociaciones, Otras entidades

Cuánto
bolsa de 100.000 €

Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-18)

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

Subvenciones para entidades sin ánimo de lucro que realicen proyectos de difusión y recuperación de la cultura tradicional asturiana en sus lenguas propias. Las ayudas pueden cubrir hasta el 90% del presupuesto aprobado, con un máximo de 6.010 euros por proyecto. Se financian actividades como folclore, oficios tradicionales, deportes autóctonos, gastronomía, arquitectura tradicional, indumentaria y festividades.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Esta ayuda sirve para apoyar iniciativas que preserven y difundan la cultura tradicional de Asturias usando la lengua asturiana o sus variantes locales. Busca que la población conozca el valor de las manifestaciones culturales tradicionales y se transmitan entre generaciones.

¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarla asociaciones culturales, fundaciones culturales y otras entidades sin ánimo de lucro que tengan domicilio o sede en Asturias y desarrollen principalmente su actividad en esta comunidad autónoma. Ejemplos: grupos de música folclórica, asociaciones de artesanos tradicionales, clubes de deportes autóctonos o asociaciones gastronómicas.

¿Qué cubre?
La subvención cubre gastos directos del proyecto (como honorarios de personas que dirijan la actividad, alquiler de espacios, materiales, equipamiento temporal necesario) y gastos indirectos hasta un máximo del 40% del presupuesto. Puede financiar hasta el 90% del coste total, siendo obligatorio que la entidad aporte al menos el 10% con fondos propios. El máximo a recibir es de 6.010 euros.

¿Qué no cubre?
No se financian: gastos en metálico, compra de equipos o bienes que queden en propiedad, dietas o comidas, gastos de agua y luz, asesorías jurídicas, gastos financieros o intereses, gastos notariales, gastos realizados con personas vinculadas a la entidad sin autorización previa, impuestos deducibles ni sanciones.

¿Cómo se pide?
Se presenta una solicitud electrónica a través de la sede electrónica del Principado (miprincipado.asturias.es) usando el código AYUD0584T02. Debe acompañarse de documentos como NIF de la entidad, escritura de constitución, certificado de inscripción en el registro, proyecto detallado en asturiano o eonaviego, presupuesto desglosado, certificados tributarios y Seguridad Social. Cada entidad puede presentar un máximo de dos proyectos.

¿Qué papeles necesito?

Copia del NIF de la entidad
Identificar correctamente a la entidad solicitante.
Dónde: La entidad debe disponer de él o solicitarlo a la Hacienda Pública.

Escritura o documento de constitución y estatutos vigentes
Acreditar que la entidad existe legalmente y conocer sus normas de funcionamiento.
Dónde: Archivo o sede de la entidad o notaría.

Certificación de inscripción en el registro público correspondiente
Verificar que la entidad está registrada oficialmente como entidad sin ánimo de lucro.
Dónde: Registro de Asociaciones, Fundaciones u otro registro que corresponda según la naturaleza jurídica.

Certificación del depósito de cuentas anuales (para fundaciones)
Verificar que la fundación presenta sus cuentas y planes de actuación ante el protectorado.
Dónde: Protectorado de Fundaciones y registro correspondiente.

Documentación que acredite la representación de la persona firmante
Verificar que quién firma la solicitud está autorizado para representar a la entidad.
Dónde: Acta de junta directiva, poder notarial u otros documentos que acrediten poderes.

Copia del DNI de la persona representante
Identificar a la persona que actúa como representante de la entidad.
Dónde: El documento de identidad debe estar disponible.

Ficha de acreedores bancaria
Permitir que la Administración realice el pago de la subvención a la cuenta correcta.
Dónde: Banco o caja de ahorros donde tenga cuenta la entidad (solo si es primera solicitud o hay cambios).

Proyecto detallado en lengua asturiana o eonaviego
Describir la actividad a realizar, sus objetivos, cronograma, recursos, público destinatario y justificación del coste.
Dónde: Redactado por la propia entidad solicitante.

Presupuesto desglosado del proyecto
Justificar los gastos previstos, identificando proveedores, diferenciando gastos directos e indirectos.
Dónde: Elaborado por la entidad según el modelo oficial (Anexo II) de la convocatoria.

Certificación de estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y Administración local
Acreditar que la entidad cumple sus obligaciones fiscales y de cotización.
Dónde: Agencia Tributaria, Seguridad Social y Administración local (pueden consultarse electrónicamente si se autoriza).

Declaración responsable de cumplir requisitos para ser beneficiario
Confirmar que la entidad cumple las condiciones legales y no está incursa en prohibiciones para recibir subvenciones.
Dónde: Redactada por la persona representante de la entidad.

Declaración de otras ayudas solicitadas o concedidas
Verificar que la suma de todas las subvenciones para este proyecto no supera el coste total.
Dónde: Redactada por la entidad indicando todas las ayudas solicitadas o concedidas para la misma actividad.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-29.