ILLES BALEARS — FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA)

Ayudas para proyectos de desarrollo rural en Menorca relacionados con agricultura y medio ambiente

Título oficial: Acuerdo por el cual se aprueban las Bases de la convocatoria de ayudas para el desarrollo rural de la isla de Menorca por el periodo 2023-2027, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en la Estrategia de Desa

Quién puede pedirla
Ayuntamientos, Asociaciones, Clubes deportivos, Otras entidades

Cuánto
bolsa de 990.000 €

Hasta cuándo
Plazo por confirmar

Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

Subvenciones para personas físicas, empresas y asociaciones que ejecuten proyectos en sectores agrario y ambiental en la isla de Menorca. Las ayudas cubren inversiones en mejora de competitividad agraria, innovación, comercialización, conservación de patrimonio natural y servicios básicos rurales. Se financia entre el 50% y el 90% de los costos elegibles, con un máximo de 200.000 euros por beneficiario.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Estas ayudas impulsan el desarrollo económico, social y ambiental de las zonas rurales de Menorca. Buscan mejorar la competitividad de las explotaciones agrarias, fomentar la innovación y la diversificación económica, proteger los recursos naturales, y crear empleo en el medio rural.

¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarlas personas físicas mayores de 18 años, empresas, cooperativas, asociaciones, sociedades agrarias de transformación, comunidades de bienes y otras entidades privadas sin personalidad jurídica que realicen actividades relacionadas con la agricultura, ganadería o medio ambiente. No pueden solicitarla las administraciones públicas.

¿Qué cubre?
Financia inversiones materiales e inmateriales en comercialización, innovación, formación, emprenedoria, energías renovables, conservación ambiental y patrimonio cultural. Cubre construcción, maquinaria, equipamiento, servicios técnicos, software y gastos directamente relacionados. El proyecto debe tener una inversión mínima de 5.000 euros. Para proyectos productivos (con venta de servicios o bienes) se cubre hasta el 50% de costos; para proyectos sin ánimo de lucro se llega al 90%.

¿Qué no cubre?
No financia: reposición o sustitución simple de equipos, compra de equipos de segunda mano, intereses bancarios, adquisición de terrenos, IVA (excepto si no es recuperable), costes de litigios, vehículos (excepto transporte interno), reparaciones, enderroque de edificios, gastos de constitución de sociedades, y la mayoría de gastos de personal existente.

¿Cómo se pide?
Se presenta de forma electrónica a través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de Baleares, usando el formulario específico del procedimiento. Debe acompañarse de documentación sobre el proyecto, presupuestos, ofertas de proveedores, documentos de propiedad del inmueble donde se ejecutará la inversión, y licencias urbanísticas si procede.

¿Qué papeles necesito?

Copia del NIF
Identificar la entidad solicitante.
Dónde: Documento de identidad de la persona física o NIF de la empresa que consta en registros públicos.

Estatutos y documentos constitutivos inscritos en registro
Acreditar que la entidad existe legalmente y sus condiciones de funcionamiento.
Dónde: Registro mercantil, registro de asociaciones o registro competente según el tipo de entidad.

Documento de representación y DNI del representante
Acreditar quién actúa en nombre de la entidad y con qué poderes.
Dónde: Poder notarial o documento de autorización firmado por los órganos competentes de la entidad.

Presupuestos o facturas proforma de las inversiones
Acreditar el coste de los equipos, obras o servicios que se van a contratar. Para gastos de 5.000 euros o más, se necesitan mínimo tres ofertas de distintos proveedores.
Dónde: Los suministradores o instaladores autorizados de los equipos o servicios.

Documento de titularidad del inmueble (propiedad o arrendamiento)
Demostrar que el solicitante tiene derecho a usar el lugar donde se ejecutarán las inversiones.
Dónde: Escritura de propiedad, contrato de arrendamiento o documento equivalente.

Planos o croquis de ubicación
Localizar geográficamente dónde se realizarán las actuaciones.
Dónde: Elaborados por el solicitante o profesional técnico.

Certificación bancaria de titularidad de cuenta
Indicar dónde debe ingresarse el dinero de la subvención.
Dónde: Banco donde tiene la cuenta el beneficiario.

Memoria descriptiva del proyecto
Explicar el proyecto, sus objetivos, acciones y resultados esperados.
Dónde: Elaborada por el solicitante según modelo disponible en la web del Grupo de Acción Local.

Licencia urbanística o comunicación previa registrada
Acreditar que las obras cumplen la normativa urbanística local.
Dónde: Ayuntamiento competente del municipio donde se ejecutarán las obras.

Certificado de tasador independiente (si se compra edificio)
Acreditar el valor real de mercado del inmueble comprado.
Dónde: Profesional tasador inscrito en el registro oficial competente.

Declaración jurada del vendedor (si se compra edificio)
Confirmar si el edificio ha recibido otras subvenciones en los últimos diez años.
Dónde: El vendedor del inmueble.

Documentación de cumplimiento de criterios de puntuación
Si el proyecto cumple criterios especiales (generación de empleo, igualdad de género, etc.), justificarlo documentalmente.
Dónde: Documentos propios del solicitante que demuestren esos criterios.

Declaración de otras ayudas solicitadas o concedidas
Evitar que se duplique financiación pública para el mismo proyecto.
Dónde: Declaración responsable del solicitante.

Declaración de ayudas de minimis recibidas en tres años anteriores
Cumplir límites de ayudas de minimis (máximo 300.000 euros en tres años).
Dónde: Certificado de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) del Estado.

Certificación de auditor (si subvención superior a 30.000 euros y solicitante con ánimo de lucro)
Acreditar la viabilidad económica de la empresa solicitante según su contabilidad.
Dónde: Auditor de cuentas inscrito en el registro oficial.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.