ARAGÓN — SERVICIOS CENTRALES IASS
Ayudas para reformas y equipamiento de centros de servicios sociales municipales en Teruel
Título oficial: ORDEN DBF/ /2026, de 8 de septiembre, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones destinadas a ayuntamientos, para el fomento de inversiones en establecimientos de servicios sociales con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel, FITE 2025.
Quién puede pedirla
Ayuntamientos
Cuánto
bolsa de 1.000.000 €
Hasta cuándo
Quedan 6 días (fecha estimada) (2026-10-09)
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
Subvenciones para ayuntamientos de Teruel que quieran mejorar, ampliar o equipar sus centros de servicios sociales (residencias, viviendas tuteladas, centros de día, unidades de trabajo social, etc.). Se financia hasta el 100% del coste de obras, reformas y equipamientos. El presupuesto total es de 1 millón de euros, con un máximo de 500.000 euros por ayuntamiento.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Estas ayudas sirven para que los ayuntamientos pequeños de Teruel puedan modernizar, reparar y mejorar las instalaciones donde atienden a personas mayores, personas con discapacidad y otros colectivos que necesitan servicios sociales. También financia nueva equipación (muebles, aparatos, sistemas digitales) y ampliaciones de estos centros.
¿Quién puede pedirla?
Solo los ayuntamientos de la provincia de Teruel que sean titulares o gestores de establecimientos de servicios sociales (residencias, viviendas tuteladas, pisos tutelados, centros de día, centros ocupacionales, hogares, o espacios para Unidades de Trabajo Social). No pueden pedir si han sido sancionados por infracción grave en servicios sociales en los últimos cinco años, ni si tienen deudas con Hacienda o la Seguridad Social.
¿Qué cubre?
Financia obras de reforma, ampliación, mejora y renovación de los edificios; construcción de nuevos centros; equipamientos necesarios (mobiliario, tecnología, sistemas digitales); y gastos técnicos como proyectos y estudios. Los gastos de proyecto pueden ser hasta el 20% del presupuesto. También cubre el IVA si el ayuntamiento no puede recuperarlo. Cada ayuntamiento puede recibir hasta 500.000 euros.
¿Qué no cubre?
No se financian: compra de solares, inversiones en energías renovables, oficinas administrativas (excepto las de Trabajo Social), urbanización exterior, compra de vehículos, ni gastos corrientes como menaje o ropa de cama en equipamientos de sustitución. Tampoco los proyectos que ya obtuvieron ayuda anterior para puesta en marcha inmediata y no llegaron a abrirse.
¿Cómo se pide?
La solicitud se presenta electrónicamente a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Aragón (https://www.aragon.es/tramites), buscando el procedimiento 11830. Debe estar firmada electrónicamente por quien represente legalmente al ayuntamiento. Se acompaña de memoria descriptiva del proyecto, presupuestos detallados, documentación técnica, y certificaciones de estar al corriente con obligaciones tributarias y de la Cámara de Cuentas.
¿Qué papeles necesito?
Certificación de estar al corriente con la Cámara de Cuentas de Aragón
Acreditar que el ayuntamiento ha presentado sus cuentas conforme a la normativa y está al día en sus obligaciones de rendición de cuentas.
Dónde: Cámara de Cuentas de Aragón.
Autorización del órgano competente (si el inmueble es Monumento o está en Conjunto Histórico)
Demostrar que se tiene permiso para realizar obras en bienes de protección patrimonial.
Dónde: Órgano administrativo competente en patrimonio cultural (ayuntamiento o administración autonómica según corresponda).
Copia de la solicitud de requerimiento de la Inspección de Centros y Servicios Sociales (si aplica)
Acreditar que las obras son para cumplir exigencias de adaptación normativa detectadas por inspección.
Dónde: Si el ayuntamiento ha recibido un requerimiento de la Inspección de la Junta de Aragón, deberá aportar copia del mismo.
Memoria detallada y descriptiva del proyecto
Explicar en detalle los objetivos, contenido, características técnicas, empleos que generará, presupuesto, fuentes de financiación y calendario de ejecución.
Dónde: Elaborada por el ayuntamiento o con asesoramiento técnico.
Presupuesto detallado del proyecto
Desglosar todos los gastos previstos, con especificación de conceptos, cantidades y precios unitarios.
Dónde: Elaborado por el ayuntamiento o contratista.
Memoria valorada (para obras de construcción)
Describir materiales, superficies, instalaciones y características técnicas de la construcción.
Dónde: Redactada por profesional facultativo competente (arquitecto, ingeniero, etc.).
Proyecto técnico completo (si es necesario para construcción)
Documento profesional que define la construcción con planos y especificaciones técnicas.
Dónde: Elaborado por profesional competente; puede presentarse después si está pendiente de redacción en el momento de la solicitud.
Calendario de realización de las obras (para construcción)
Indicar las fases de ejecución y presupuesto asignado a cada una.
Dónde: Elaborado por el ayuntamiento o contratista responsable de la obra.
Presupuesto detallado de equipamiento (si aplica)
Especificar características técnicas, tipo, calidad y precio de los elementos a adquirir.
Dónde: Solicitud de presupuestos a proveedores o elaboración interna.
Presupuesto y memoria firmados por contratista o facultativo (para obra menor)
Acreditar que la obra menor está correctamente valorada y descrita.
Dónde: Contratista, arquitecto u otro profesional competente.
Declaración responsable del ayuntamiento
Afirmar la veracidad de los datos, titularidad del establecimiento, disponibilidad de recursos, y cumplimiento normativo.
Dónde: Formulario que el ayuntamiento firma electrónicamente en la solicitud.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-22.