NARÓN — AYUNTAMIENTO DE NARÓN

Ayudas para regalos de Navidad para menores de familias con dificultades económicas

Título oficial: Resolución de 17 de septiembre de 2026 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Narón por la que se convocan ayudas destinadas a la adquisición de regalos de Navidad 2026

Quién puede pedirla
Ayuntamientos

Cuánto
bolsa de 15.000 €

Hasta cuándo
Plazo por confirmar

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

El Ayuntamiento de Narón ofrece ayudas de 60 euros por menor para comprar regalos navideños (juguetes, libros, ropa, calzado, deportes, material didáctico, instrumentos musicales). Pueden solicitarla familias empadronadas con antigüedad mínima de 6 meses que tengan hijos menores de entre 0 y 16 años y cuyos ingresos no superen los límites establecidos según el tamaño de la unidad de convivencia. El pago se realiza mediante un vale canjeable en comercios del municipio.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Estas ayudas permiten que los menores de familias con dificultades económicas en Narón reciban un regalo por Navidad. Se busca fomentar la igualdad entre niños y niñas de familias en situación económica precaria, garantizando que todos tengan acceso a un agasajo navideño.

¿Quién puede pedirla?
Personas que vivan en Narón (empadronadas con al menos 6 meses de antigüedad) y tengan hijos menores entre 0 y 16 años. Solo pueden solicitarla si la familia no supera el límite de ingresos anuales según el número de convivientes (por ejemplo, para una familia de 4 miembros, el límite es IPREM más el 110%). Puede ser el padre, madre o tutor legal del menor. En caso de custodia compartida, solo uno de los progenitores puede solicitar la ayuda.

¿Qué cubre?
La ayuda consiste en un vale de 60 euros por cada menor de entre 0 y 16 años. El vale se canjea en comercios del municipio de Narón para comprar regalos navideños como juguetes, libros, ropa, calzado, artículos deportivos, material didáctico, instrumentos musicales o material informático. Si el importe del regalo es menor que el vale, no se devuelve la diferencia; si es mayor, la familia paga el exceso.

¿Qué no cubre?
No se pueden comprar productos alimenticios, artículos de limpieza ni de higiene. Se especifica que la ayuda es incompatible si el total de ayudas de otras administraciones supera el 100% del coste real de los regalos.

¿Cómo se pide?
La solicitud se presenta en la sede electrónica del Ayuntamiento, en el Registro General o por otros medios previstos en la normativa administrativa. Junto con la solicitud hay que presentar toda la documentación que acredite la situación económica familiar, el empadronamiento y la composición de la unidad de convivencia.

¿Qué papeles necesito?

DNI o documento de identificación equivalente
Acreditar la identidad de la persona solicitante y de los mayores de 16 años de la unidad de convivencia.
Dónde: Documento personal que ya posee el solicitante.

Libro de familia, certificado del registro civil o actas de nacimiento
Acreditar la filiación y composición de la unidad de convivencia y la edad de los menores.
Dónde: Registro civil del municipio o mediante solicitud en línea.

Declaración de la renta (IRPF) o certificado de imputación de rentas
Acreditar los ingresos de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años para comprobar que no se superan los límites establecidos.
Dónde: Agencia Tributaria (Hacienda) o en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Certificado del SEPE sobre situación de desempleo y prestación
Acreditar la percepción de prestación por desempleo, en caso de personas desempleadas.
Dónde: SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).

Contrato de trabajo y últimas dos nóminas
Acreditar la situación laboral y los ingresos de personas trabajando por cuenta ajena.
Dónde: Lo proporciona la empresa empleadora o se descarga de la nómina electrónica.

Certificado de pensión del organismo pagador
Acreditar los ingresos de personas pensionistas.
Dónde: Organismo que paga la pensión (Seguridad Social u otro).

Certificado de no inscripción como demandante de empleo
Acreditar la situación de inactividad laboral de personas mayores de 16 años no empleadas.
Dónde: SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).

Resumen de movimientos bancarios de los últimos 6 meses
Acreditar la realidad de los ingresos y la situación económica de la unidad de convivencia.
Dónde: Entidad bancaria (directamente en sus oficinas o banca electrónica).

Contrato de alquiler o hipoteca de la vivienda habitual
Acreditar la situación de vivienda y los gastos derivados de la misma.
Dónde: Propietario o entidad prestamista, o copia del documento de alquiler o hipoteca que ya posea el solicitante.

Recibos de alquiler o hipoteca de los últimos 3 meses
Acreditar los gastos mensuales de vivienda.
Dónde: Propietario o entidad prestamista, o facturas que ya posea el solicitante.

Resolución judicial de separación, divorcio, alimentos o medidas provisionales
Acreditar la situación familiar en casos de separación o divorcio para determinar quién es el beneficiario de la ayuda según la custodia.
Dónde: Juzgado que dictó la resolución o tribunal competente.

Justificante de presentación de demanda
En caso de no tener aún la resolución judicial, acreditar que existe un procedimiento judicial de separación o divorcio.
Dónde: Juzgado o abogado.

Resolución de concesión del Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Acreditar la percepción del IMV, lo que exonera de presentar otra documentación económica.
Dónde: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones o en línea en la sede electrónica del organismo.

Informe de la Unidad de Trabajo Social
Acreditar la situación de vulnerabilidad y los datos de la unidad de convivencia cuando el solicitante cumple requisitos pero no tiene RISGA ni IMV.
Dónde: Servicio Sociocomunitario Municipal del Ayuntamiento de Narón.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-23.