DIPUTACIÓN PROV. DE BURGOS — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS

Ayudas para reparaciones urgentes en infraestructuras municipales de Burgos

Título oficial: Convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de actuaciones de urgencia y emergencia en bienes, infraestructuras e instalaciones municipales de la provincia de Burgos, años 2026 y 2027. (CUyE Agua/2026)

Quién puede pedirla
Ayuntamientos

Cuánto
bolsa de 1.000.000 €

Hasta cuándo
Plazo por confirmar

Cómo se solicita
Sede electrónica

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

Subvenciones para arreglos urgentes de emergencia en bienes e infraestructuras municipales dañados de forma sobrevenida. Dirigidas a ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes en la provincia de Burgos. La Diputación financia hasta el 80% del presupuesto (máximo 15.000 euros por municipio), siendo obligatorio que el ayuntamiento ponga al menos el 20% de su bolsillo.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Esta ayuda paga reparaciones urgentes y de emergencia en cosas del municipio que se han dañado de repente: carreteras, edificios, tuberías de agua, puentes, muros... Cuando algo se cae, se rompe o genera riesgo, el ayuntamiento puede pedir dinero para arreglarlo sin esperas.

¿Quién puede pedirla?
Ayuntamientos de la provincia de Burgos con menos de 20.000 habitantes empadronados. La ayuda atiende especialmente a pueblos pequeños que no tienen dinero propio para estas emergencias.

¿Qué cubre?
Paga obras y reparaciones urgentes de cosas dañadas: arreglos de infraestructuras rotas por tormentas, accidentes, desprendimientos; reparaciones en edificios municipales con riesgo; fontanería urgente de agua potable y saneamiento; trabajos para restablecer servicios públicos esenciales. La cantidad máxima por ayuntamiento es de 15.000 euros. El municipio debe poner, como mínimo, un 20% del dinero; si pone más (30%, 40% o 50%), suma más puntos en la valoración.

¿Qué no cubre?
No paga trabajos ordinarios de mantenimiento; reformas para mejorar o modernizar cosas; trabajos planificados o preventivos; ampliaciones de servicios; salarios de empleados municipales usando medios propios; reparaciones aisladas sin un causa única clara; ni actuaciones cuyo problema empezó antes del período de solicitud, aunque el criterio de urgencia es flexible si hay agravamiento sobrevenido acreditado.

¿Cómo se pide?
La solicitud se presenta obligatoriamente por internet, en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Burgos, firmada electrónicamente. Se acompaña de un informe técnico detallado, certificado municipal aprobando la urgencia, declaración jurada de estar al día con Hacienda y Seguridad Social, y documentación gráfica del daño.

¿Qué papeles necesito?

Memoria o informe técnico de la obra o reparación necesaria
Describa qué está dañado, por qué es urgencia, qué hay que arreglar y cómo, con fotos o planos.
Dónde: Lo prepara el mismo ayuntamiento con sus servicios técnicos o contratando a un técnico.

Certificado de aprobación municipal de la obra como urgencia/emergencia
Acredita que el ayuntamiento lo aprobó formalmente en pleno o junta de gobierno y que considera que es de verdad urgente.
Dónde: La Secretaría del ayuntamiento lo expide tras la aprobación en sesión.

Documentación gráfica del daño: fotografías, informes de daños o certificaciones
Probar que el daño existe de verdad, cuándo ocurrió y que exige intervención inmediata.
Dónde: Se obtiene visitando el lugar, fotografiando, o pidiendo informes de técnicos, Protección Civil o aseguradoras.

Presupuesto detallado de los gastos, desglosado por partidas
Saber exactamente cuánto cuesta, por qué conceptos, y que está proporcionado a la necesidad sin sobrecostes.
Dónde: Lo prepara un técnico municipal o contratado; si ya hay ofertas de contratistas, aportarlas.

Plano de situación del bien o infraestructura afectada
Localizar geográficamente la zona de obra en el municipio.
Dónde: Lo puede hacer el ayuntamiento con un mapa o plano catastral señalando la zona.

Datos de población empadronada según INE a 1 de enero del año anterior
Determinar el tamaño del municipio, que influye en la puntuación de ayuda.
Dónde: INE (Instituto Nacional de Estadística) publica estos datos; la Secretaría del ayuntamiento lo certificará.

Declaración jurada de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social (Anexo II de las bases)
Acreditar que el ayuntamiento no debe impuestos ni cotizaciones y puede recibir ayudas públicas.
Dónde: Se firma por el alcalde; la Diputación puede consultarlo electrónicamente a Agencia Tributaria y Tesorería.

Declaración responsable de ayudas (Anexo III de las bases)
Declarar si hay otras ayudas públicas para la misma obra, para cumplir límites de financiación total.
Dónde: Modelo que proporciona la Diputación, se firma por el alcalde o representante legal.

Certificado municipal sobre ordenanza de tasa de agua (si aplica a abastecimiento)
Si la obra es de agua potable, acredita que el municipio tiene tasa regulada para cobrar el servicio, lo que suma puntos.
Dónde: La Secretaría expide certificado indicando fecha de aprobación y publicación oficial de la ordenanza.

Analítica de calidad de agua (si el daño es por mala calidad de agua)
Si la urgencia es porque el agua incumple normativa sanitaria, se aporta análisis que lo prueba.
Dónde: Laboratorio acreditado de análisis de aguas; algunos servicios de salud lo hacen.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.