RIBA-ROJA DE TÚRIA — AYUNTAMIENTO DE RIBA-ROJA DE TÚRIA
Becas para deportistas de Riba-roja de Túria por sus resultados en competición
Título oficial: Resolución de alcaldía Nº 2689/2026 de 11 de agosto, del Ayuntamiento de Riba-roja de Turia por la que se convocan subvenciones destinadas a Deportistas Locales de Riba-roja de Túria año 2026 (resultados deportivos 2025).
Quién puede pedirla
Otras entidades
Cuánto
bolsa de 7000 €
Hasta cuándo
Plazo por confirmar
Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
El Ayuntamiento de Riba-roja de Túria reparte 7.000 € entre deportistas del pueblo con licencia federativa que hayan competido oficialmente y obtenido buenos resultados. Se conceden 3 becas de 1.000 €, 5 de 500 € y 5 de 300 €, según un baremo por nivel de campeonato, categoría y puesto logrado. El dinero sirve para cubrir gastos de material, licencias, entrenamientos, inscripciones, desplazamientos y revisiones médicas.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Sirve para echar una mano económica a los deportistas del municipio que compiten en federaciones oficiales, de modo que puedan pagarse el material, las licencias, los entrenamientos o los viajes a competiciones. La idea es que mejoren su rendimiento y puedan seguir progresando en su deporte.
¿Quién puede pedirla?
Deportistas particulares (no clubes ni empresas) que hayan tenido licencia federativa en vigor durante 2025, hayan competido en un deporte reconocido por el Consejo Superior de Deportes o en pilota valenciana, y hayan estado empadronados en Riba-roja de Túria durante 2025. Si el deportista es menor de edad o está incapacitado legalmente, la ayuda la pide y la recibe su padre, madre, tutor o representante legal.
¿Qué cubre?
Cubre gastos pagados en 2025: material y equipamiento deportivo, licencias federativas, entrenamientos y preparación física, inscripciones y desplazamientos a competiciones, y revisiones médicas como pruebas de esfuerzo. Las becas son de 1.000 €, 500 € o 300 € según la posición en el baremo; si solo se justifica menos dinero del que correspondía, se baja al importe inferior y la beca mayor pasa al siguiente deportista.
¿Qué no cubre?
Solo se admiten los gastos de los conceptos listados (material, federativos, entrenamientos, competiciones y médicos); cualquier otro gasto queda fuera, y una misma factura no puede usarse para justificar dos subvenciones distintas.
¿Cómo se pide?
Se presenta la solicitud (Anexo I) junto con la relación de gastos (Anexo II) y las facturas, de forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento o por la sede electrónica municipal. La justificación de gastos se entrega a la vez que la solicitud.
¿Qué papeles necesito?
Solicitud firmada (Anexo I)
Es el impreso oficial para pedir la beca e incluye la declaración de que no se está en ninguna causa que impida recibir subvenciones.
Dónde: Anexo de las bases, disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria.
Relación de gastos subvencionables (Anexo II)
Para listar cada gasto con su número, concepto e importe y poder comprobar la justificación.
Dónde: Anexo de las bases, en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Certificado de la federación con los resultados deportivos
Acredita los resultados obtenidos en competiciones oficiales durante 2025, que es lo que puntúa en el baremo.
Dónde: Federación autonómica o nacional del deporte, firmado por su secretario.
Facturas y justificantes de pago de los gastos
Demuestran que el gasto se hizo y se pagó, y determinan la cuantía que se puede cobrar.
Dónde: Las guarda el propio deportista o su familia; deben estar a nombre del deportista o del tutor y expedidas en 2025.
Libro de familia o documento de representación legal
Solo si el deportista es menor o incapacitado: acredita el parentesco o la representación de quien firma la solicitud.
Dónde: Registro Civil o el propio libro de familia ya en poder de la familia.
Ficha de mantenimiento de terceros
Para indicar la cuenta bancaria donde se ingresará la beca.
Dónde: Modelo descargable en la sede electrónica del Ayuntamiento; no hace falta si ya lo tiene el Ayuntamiento y no ha cambiado.
Estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y el Ayuntamiento
Es requisito para poder cobrar la ayuda.
Dónde: Agencia Tributaria, Seguridad Social y el propio Ayuntamiento; puede subsanarse si se detecta alguna deuda.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-28.