MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN — SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

Becas para estudiantes españoles del Máster en Diplomacia y Relaciones Internacionales

Título oficial: Orden de 22 de septiembre de 2026, por la que se convoca el Programa de ayuda al estudio de la Escuela Diplomática para el curso 2026-2027.

Quién puede pedirla
Otras entidades

Cuánto
bolsa de 87.750 €

Hasta cuándo
Quedan 11 días (fecha estimada) (2026-10-14)

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

El Ministerio de Asuntos Exteriores ofrece 13 becas de 6.750 euros cada una para estudiantes españoles admitidos en el Máster de Formación Permanente en Diplomacia y Relaciones Internacionales de la Escuela Diplomática. La selección se basa principalmente en la renta familiar disponible. Las becas se reparten en tres pagos durante nueve meses.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Esta beca ayuda económicamente a estudiantes españoles que cursen el Máster en Diplomacia y Relaciones Internacionales, teniendo en cuenta sus recursos económicos familiares. El objetivo es facilitar el acceso a una formación especializada en relaciones internacionales.

¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarla personas españolas que estén admitidas en el Máster, posean un título universitario superior, tengan nacionalidad española y cumplan ciertos requisitos administrativos como no haber sido separados de la función pública y no tener restricciones por la Ley de Subvenciones.

¿Qué cubre?
La beca cubre un total de 6.750 euros repartidos en tres pagos: 1.500 euros en diciembre, 2.250 euros en marzo y 3.000 euros en julio. No requiere cofinanciación por parte del solicitante. Es incompatible con otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad.

¿Qué no cubre?
No se especifica en las bases.

¿Cómo se pide?
Se solicita mediante un formulario oficial (Anexo I) que se presenta según lo dispuesto en las bases reguladoras de becas de la Escuela Diplomática. Se requiere acompañar documentación acreditativa de los requisitos y la situación económica familiar.

¿Qué papeles necesito?

Fotocopia compulsada del DNI o autorización para consulta de datos de identidad
Acreditar la identidad del solicitante.
Dónde: La autorización se puede solicitar conforme al RD 522/2006, de 28 de abril.

Declaración responsable de no haber incurrido en separación disciplinaria
Certificar que no ha sido separado de la función pública ni incurre en prohibiciones para recibir subvenciones.
Dónde: Anexo II de la convocatoria.

Declaración responsable incluida en el formulario de solicitud
Confirmar la exactitud de los datos aportados y la disponibilidad de documentación.
Dónde: Anexo III de la convocatoria.

Certificado médico de no padecer enfermedad física o psíquica incapacitante
Acreditar que no padece limitaciones que afecten a los requisitos para percibir la beca.
Dónde: Centro de salud o médico privado.

Fotocopia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año 2025
Acreditar los ingresos de la unidad familiar para valorar el nivel de renta.
Dónde: Agencia Tributaria.

Certificado de empadronamiento histórico-colectivo del año 2025
Acreditar los miembros convivientes en la unidad familiar durante todo el año.
Dónde: Ayuntamiento de residencia.

Certificado individual de estar al corriente de obligaciones tributarias
Confirmar que no tiene deudas pendientes con Hacienda.
Dónde: Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Certificado individual de estar al corriente con la Seguridad Social
Confirmar que no tiene deudas pendientes con la Seguridad Social.
Dónde: Tesorería General de la Seguridad Social.

Justificante de designación de cuenta bancaria en el Fichero Central de Terceros del Tesoro
Indicar la cuenta donde se ingresarán los pagos de la beca.
Dónde: Tesorería General de la Administración del Ministerio de Hacienda.

Certificado de prestación contributiva por desempleo (si aplica)
Acreditar ingresos por desempleo cuando el solicitante vive independiente y debe dejar el trabajo.
Dónde: Servicio Público de Empleo Estatal.

Ver más

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-09-23.