CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA

Subvención a la Asociación de Emigrantes Retornados de Castilla y León para asesoramiento e integración

Título oficial: Acuerdo de 20 de agosto de 2026, de la Junta de Castilla y León, por el que se autoriza la concesión directa de una subvención a la Asociación de Emigrantes Retornados de Castilla y León (AERCYL)

Quién puede pedirla
Asociaciones

Cuánto
bolsa de 30.000 €

Hasta cuándo
Plazo por confirmar

Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

Ayuda de 30.000 euros para financiar actividades de información, asesoramiento e integración laboral y social de emigrantes retornados a Castilla y León. La subvención se concede directamente a AERCYL, una asociación especializada en atender consultas de retornados sobre sus derechos, obligaciones e integración en la comunidad.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Esta ayuda financia el trabajo de la Asociación de Emigrantes Retornados para ayudar a los castellanos y leoneses que vuelven del extranjero a instalarse y adaptarse en su región de origen. Cubre tareas de información y asesoramiento personalizado sobre cómo reintegrarse laboralmente en la sociedad y conocer sus derechos y obligaciones como retornados.

¿Quién puede pedirla?
Solo la Asociación de Emigrantes Retornados de Castilla y León (AERCYL), una entidad sin ánimo de lucro con sede en Palencia. Es la única asociación de emigrantes retornados de ámbito regional en Castilla y León, por lo que esta subvención se concede directamente a ella sin convocatoria pública.

¿Qué cubre?
Financia hasta 30.000 euros para gastos derivados de actividades de asesoramiento y atención a emigrantes retornados: personal especializado, atención directa, telefónica y por escrito. No requiere aportación propia del beneficiario (no hay cofinanciación obligatoria).

¿Qué no cubre?
No se especifica en las bases.

¿Cómo se pide?
La justificación se presenta como una cuenta simplificada que incluye: memoria de actuación, relación de gastos clasificados con documentos acreditativos, detalle de otros ingresos que financien la actividad, y reintegro de remanentes si procede. Se requieren facturas o documentos equivalentes de gastos superiores a 3.000 euros o que representen más del 80% de la subvención.

¿Qué papeles necesito?

Memoria de actuación justificativa
Acreditar que se han realizado las actividades de información y asesoramiento comprometidas y los resultados obtenidos.
Dónde: La presenta directamente la asociación como parte de la justificación de la subvención.

Facturas, recibos o documentos de valor probatorio equivalente
Acreditar los gastos realizados y su cantidad exacta.
Dónde: Los proveedores o acreedores que suministren los servicios o bienes.

Justificantes de pago de las facturas
Demostrar que los gastos han sido efectivamente pagados.
Dónde: Extractos bancarios, talones u otros comprobantes de pago.

Relación de otros ingresos o subvenciones
Informar de cualquier otra fuente de financiación que haya contribuido a la actividad subvencionada.
Dónde: Registros contables internos de la asociación.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-29.