CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Subvención al Consejo de Cámaras para facilitar la participación empresarial en Formación Profesional
Título oficial: ACUERDO DE 30 DE JULIO DE 2026, DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, POR EL QUE SE AUTORIZA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN AL CONSEJO DE CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE CASTILLA Y LEÓN.
Quién puede pedirla
Otras entidades
Cuánto
bolsa de 200.000 €
Hasta cuándo
Plazo por confirmar
Cómo se solicita
Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
Se conceden 200.000 euros al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León para financiar actividades que faciliten la participación de empresas en programas de Formación Profesional dual, especialmente pequeñas, medianas y microempresas. Los fondos cubren tareas de información, asesoramiento, prospección de empresas y promoción de redes colaborativas.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Esta ayuda sirve para fortalecer el vínculo entre empresas y centros de formación profesional. El Consejo de Cámaras actúa como intermediario para que las empresas participen en programas formativos duales, donde estudiantes combinan clases teóricas en la escuela con formación práctica en empresas reales.
¿Quién puede pedirla?
Únicamente el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León puede recibir esta ayuda de forma directa. Las Cámaras Oficiales provinciales y locales pueden colaborar en la ejecución de las actividades en nombre del Consejo.
¿Qué cubre?
Cubre gastos de personal que dedique tiempo a estas actividades, elaboración de materiales informativos y publicitarios, impartición de cursos para tutores de empresa, y material fungible necesario. El importe total es de 200.000 euros. La entidad debe invertir su propio dinero en la ejecución de las actividades.
¿Qué no cubre?
No cubre gastos realizados fuera del período de ejecución (1 de enero a 30 de septiembre de 2026), IVA ni otros tributos, intereses de deuda, comisiones bancarias, sanciones ni gastos de procedimientos judiciales.
¿Cómo se pide?
Se instrumentará mediante un convenio que suscriba la Consejería de Educación con el Consejo de Cámaras. El beneficiario debe presentar documentación justificativa con memoria técnica de ejecución, declaración de estar al corriente con obligaciones tributarias y de Seguridad Social, memoria económica detallada, relación de facturas y comprobantes de pago.
¿Qué papeles necesito?
Memoria técnica de ejecución
Demostrar que se realizaron las actividades previstas en la subvención.
Dónde: Debe redactarla el beneficiario detallando cada actividad realizada.
Declaración responsable de cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social
Verificar que el beneficiario está al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
Dónde: Se emite responsablemente por el beneficiario.
Memoria económica del coste total de cada actividad
Acreditar el gasto incurrido en cada una de las actividades subvencionadas.
Dónde: Debe elaborarla el beneficiario con los gastos desglosados.
Relación desglosada y ordenada de justificantes de gastos y pagos
Documentar todos los gastos realizados con facturas, recibos y comprobantes de pago.
Dónde: El beneficiario recopila las facturas y justificantes de pago de sus proveedores y trabajadores.
Soporte documental
Aportar evidencia de las actividades realizadas (fotografías de jornadas, copias de publicaciones, registros de asistencia, etc.).
Dónde: El beneficiario genera esta documentación durante la ejecución de las actividades.
Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-26.