DIPUTACIÓN PROV. DE PALENCIA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA
Subvención para ampliación de centro cívico
Título oficial: SUBVENCIÓN PARA OBRA AMPLIACIÓN CENTRO CÍVICO
Quién puede pedirla
Juntas vecinales, Ayuntamientos
Cuánto
bolsa de 52.846,5 €
Hasta cuándo
Plazo por confirmar
Cómo se solicita
Sede electrónica · Bases reguladoras
Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →
La Diputación Provincial de Palencia financia obras de ampliación de centros cívicos en entidades locales. En este caso se concede una subvención de 52.846,50 euros para la Junta Vecinal de Acera de la Vega para ampliar su centro cívico. El pago se realiza como anticipo del 100%, reteniendo el 25% como garantía hasta justificar correctamente la ejecución.
Explicación fácil
¿Para qué es?
Esta ayuda sirve para financiar obras de ampliación y mejora de centros cívicos en pequeñas localidades. El centro cívico es un espacio comunitario donde se reúnen los vecinos, por eso la Diputación ayuda a ampliarlo cuando sea necesario.
¿Quién puede pedirla?
Juntas vecinales, ayuntamientos y otras entidades locales, especialmente los de menor capacidad económica. La subvención está dirigida a localidades que no tienen otras convocatorias disponibles en la Diputación para esta finalidad.
¿Qué cubre?
La subvención cubre los gastos de obra desde el 1 de enero de 2025. Se paga un anticipo del 100% del importe concedido: el 75% se abona inmediatamente en la cuenta bancaria y el 25% se retiene como garantía. Una vez comprobado que la obra se ha hecho bien y está correctamente justificada, se libera ese 25% retenido.
¿Qué no cubre?
El IVA no es gasto subvencionable cuando sea deducible para la entidad solicitante. La subvención es compatible con otras ayudas, pero el total de todas ellas no puede superar el coste de la obra.
¿Cómo se pide?
La solicitud se tramita a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Palencia usando el formulario habilitado. La justificación posterior también se presenta por vía electrónica con facturas, certificaciones de obra, acta de recepción y relación valorada de unidades ejecutadas.
¿Qué papeles necesito?
Certificado de estar al corriente con obligaciones tributarias y Seguridad Social
Acreditar que la entidad no tiene deudas con Hacienda ni con la Seguridad Social para poder recibir la subvención.
Dónde: Sede electrónica de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social, o a través del ayuntamiento/junta vecinal si está al día.
Certificación del Secretario de estar libre de prohibiciones para recibir subvenciones
Demostrar que la entidad no está incursa en ninguna prohibición legal para ser beneficiaria de subvenciones públicas.
Dónde: El Secretario de la Junta Vecinal o Ayuntamiento expide este certificado.
Facturas de los gastos ejecutados
Justificar que se han pagado realmente los gastos de la obra y por qué importe.
Dónde: Las proporciona la empresa o profesional que ha realizado la obra.
Certificaciones de obra aprobadas
Acreditar que la obra se ha ejecutado conforme al proyecto, detallando las fases realizadas.
Dónde: Las emite el técnico que dirige la obra o la empresa constructora.
Acta de recepción de la obra
Constatar que la obra está terminada, es conforme y se acepta.
Dónde: Se redacta entre la entidad beneficiaria y el constructor al finalizar los trabajos.
Relación valorada de unidades de obra ejecutadas, firmada por técnico competente
Detallar todas las unidades de obra realizadas, su cantidad, precio y coste total, para comprobar que coincide con facturas y presupuesto.
Dónde: La redacta el técnico que ha dirigido la obra.
Documento de adjudicación o contrato si el gasto supera 40.000 euros más IVA
Acreditar que la contratación de la obra se ha hecho conforme a la normativa de contratación pública.
Dónde: Se obtiene del procedimiento de licitación o contratación de la obra.
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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-21.