Plazo cerrado. Esta convocatoria ya no acepta solicitudes. Se mantiene publicada porque suele repetirse cada año — vuelve a comprobarlo más adelante o consulta el organismo convocante para la próxima edición.

CARTAGENA — AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA

Subvenciones para actividades, mantenimiento e inversiones en locales de asociaciones vecinales

Título oficial: CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LA PART. CIUDADANA Y EL ASOCIACIONISMO, ASÍ COMO EL MTTO. E INVERSIÓN EN LOS LOCALES SOCIALES, EN LA J.M. CANTERAS, PARA GASTO CORRIENTE

Quién puede pedirla
Asociaciones, Juntas vecinales

Cuánto
bolsa de 30.000 €

Hasta cuándo
Plazo cerrado (2026-09-10)

Cómo se solicita
Bases reguladoras

Fuente oficial
Ver convocatoria en el BDNS →

Ayudas para asociaciones vecinales y ciudadanas del municipio de Cartagena destinadas a financiar actividades que fomenten la participación ciudadana, mantenimiento de locales sociales e inversiones. Se reparten entre varias asociaciones según criterios de evaluación, con dotación total de 500.440 euros.

Explicación fácil

¿Para qué es?
Estas ayudas sirven para fortalecer el tejido asociativo y vecinal en Cartagena. Financian actividades que dinamicen la vida colectiva del barrio, mejoren la relación entre vecinos, mantengan en buen estado los locales donde se reúnen las asociaciones y adquieran equipamiento necesario.

¿Quién puede pedirla?
Pueden solicitarlas asociaciones vecinales y entidades ciudadanas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y que estén al corriente de sus obligaciones con el Ayuntamiento, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Deben tener renovada su inscripción durante el primer trimestre de 2026.

¿Qué cubre?
La ayuda financia tres tipos de gastos: actividades y proyectos que fomenten participación ciudadana, mantenimiento y reparaciones en locales sociales (pintura, arreglo de suelos, puertas, aseos, etc.) e inversiones en equipamiento e instalaciones. No hay cantidad máxima individual especificada, pero el total para todas las asociaciones es de 500.440 euros que se distribuye según evaluación competitiva. Pueden haber cofinanciación, pero el total de ayudas no puede superar el coste real de las actividades.

¿Qué no cubre?
No financia obras que supongan cambios estructurales. No cubre actividades normales del funcionamiento ordinario de la asociación. No especifica otras exclusiones detalladas en las bases.

¿Cómo se pide?
Se solicita a través de la Sede Electrónica Municipal dirigida a la Concejalía de Desconcentración y Participación Ciudadana. Debe presentarse el modelo de solicitud normalizado, una instancia, los anexos según lo solicitado (actividades, mantenimiento o inversiones), declaración responsable, presupuestos y certificación bancaria actualizada.

¿Qué papeles necesito?

Declaración Responsable de cumplimiento de requisitos
Acreditar que la asociación cumple con las obligaciones tributarias y legales exigidas para ser beneficiaria.
Dónde: Se proporciona en el formulario de solicitud y debe ser firmada por el representante legal.

Presupuestos detallados de los gastos a subvencionar
Justificar económicamente qué se pretende hacer con la ayuda y cuáles son los costes.
Dónde: Elaborados por la propia asociación solicitante.

Certificación bancaria actualizada a 2026
Acreditar que la asociación tiene cuenta bancaria activa donde recibir la subvención.
Dónde: Banco donde tenga la cuenta la asociación.

Documentación según tipo de gasto (Anexos I, II o III)
Detallar específicamente si se solicita para actividades, mantenimiento de local o inversiones.
Dónde: Se adjuntan modelos con la convocatoria, disponibles en la web municipal.

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Resumen generado automáticamente a partir de las bases oficiales (BDNS). Ante cualquier duda, prevalece siempre el texto de la convocatoria oficial enlazada arriba. Publicado: 2026-08-28.